La Ley Judicial de 1789: el origen del poder judicial y su papel en el fallo que limita las medidas cautelares a nivel nacional
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La Ley Judicial de 1789: el origen del poder judicial y su papel en el fallo que limita las medidas cautelares a nivel nacional
El reciente fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos que restringe las medidas cautelares universales ha puesto nuevamente en el centro del debate una de las normas fundacionales del sistema judicial estadounidense: la Ley Judicial de 1789 (Judiciary Act of 1789). Aunque se trata de una ley con más de dos siglos de historia, su interpretación sigue teniendo implicaciones directas en los conflictos contemporáneos entre el Poder Judicial y el Ejecutivo.
¿Qué es la Ley Judicial de 1789?
Promulgada por el Primer Congreso de los Estados Unidos, la Ley Judicial de 1789 fue la legislación que creó formalmente el sistema judicial federal, tal como lo conocemos hoy, que estableció:
La estructura básica de los tribunales federales, incluyendo los tribunales de distrito, tribunales de circuito y la Corte Suprema.
Las jurisdicciones de cada tribunal, es decir, qué casos podían escuchar.
El procedimiento para presentar apelaciones y emitir fallos.
Las facultades judiciales otorgadas por el Congreso a los tribunales federales, especialmente sobre casos de equidad, entre ellos la emisión de medidas cautelares (injunctions).
Aunque la Constitución crea la Corte Suprema, fue esta ley la que definió cómo funcionaría realmente el sistema de justicia federal.
¿Qué tiene que ver esta ley con el fallo de Reciente de La Corte Suprema del 2025?
El centro del debate actual radica en cómo interpretar los límites del poder judicial federal, específicamente en cuanto a las medidas cautelares “universales” o de alcance nacional.
Históricamente, las cortes federales especialmente los jueces de distrito han emitido medidas cautelares que bloquean políticas del gobierno federal a nivel nacional, incluso si la demanda fue presentada por un grupo reducido o localizado. Esto ocurrió, por ejemplo, con:
Las prohibiciones migratorias de Trump (Muslim ban).
Los cambios al programa DACA.
Las restricciones al asilo.
Y recientemente, con la orden sobre la ciudadanía por nacimiento.
Sin embargo, en este nuevo fallo, la mayoría conservadora de la Corte Suprema (6–3) consideró que las medidas cautelares nacionales exceden el poder que el Congreso otorgó en la Ley Judicial de 1789. Según esta interpretación, los tribunales federales no tienen autoridad para extender una orden judicial más allá de las partes directamente involucradas en el caso.
La jueza Amy Coney Barrett, al escribir por la mayoría, sostuvo que las medidas cautelares deben limitarse al daño sufrido por los demandantes específicos, y no pueden convertirse en un “veto judicial general” contra políticas públicas.
¿Por qué es importante este razonamiento?
Reinterpreta los límites del Poder Judicial:
Esta decisión no se basa en si la orden de Trump es legal o no, sino en quién puede ser protegido por una medida judicial, redefiniendo así cómo se defiende un derecho en tribunales.
Refuerza el poder del Ejecutivo:
Al limitar las medidas cautelares, se reduce la posibilidad de que una política federal sea bloqueada en todo el país por una sola corte. El Ejecutivo gana espacio para aplicar sus medidas mientras se resuelven las demandas.
Cambia el alcance de la protección judicial:
En adelante, los inmigrantes y grupos afectados tendrán que formar parte activa de las demandas o unirse a organizaciones demandantes (como Alianza TPS, por ejemplo) si quieren beneficiarse de una medida cautelar.
Cuestiona décadas de práctica judicial:
Durante décadas, los jueces federales han usado las medidas cautelares universales para frenar políticas federales que afectaban a millones, incluso en estados que no eran parte del litigio. Este fallo cambia esa práctica de forma sustancial.
Riesgos y advertencias
La disidencia liderada por la jueza Ketanji Brown Jackson advirtió que esta interpretación puede convertirse en “una amenaza al Estado de derecho”, ya que permite que el Ejecutivo implemente políticas posiblemente inconstitucionales sin que exista una protección efectiva para quienes no demandaron.
En otras palabras, los derechos de los ciudadanos e inmigrantes ya no están protegidos automáticamente por una demanda relevante, sino que dependerán de su inclusión directa en el litigio.
En Conclusión, la Ley Judicial de 1789 sigue viva y en disputa más de dos siglos después. Lo que fue concebido como un marco de equilibrio institucional, hoy es reinterpretado por una Corte que busca limitar la influencia nacional de los jueces federales, especialmente frente al Ejecutivo.
En el contexto de la orden del Presidente Trump sobre la ciudadanía por nacimiento, este fallo no decide si la orden es constitucional, pero sí abre la puerta a su aplicación parcial, mientras se litiga su fondo. La historia jurídica y constitucional de EE.UU. está, una vez más, escribiéndose desde los mismos fundamentos que nacieron con la república: pero esta vez, bajo una nueva luz.
En tiempos de reformas migratorias inciertas y profundas tensiones institucionales, este precedente no solo afecta a los tribunales: afecta directamente a las personas, a sus hijos, a sus derechos y a la promesa histórica de que nacer en Estados Unidos es nacer ciudadano. La historia del derecho en EE.UU. se sigue escribiendo, pero ahora lo hace en una nueva página donde la ciudadanía, la equidad y el acceso a la justicia están nuevamente en disputa.
Es importante entender que esta decisión no afecta a los hijos ya nacidos de ciudadanos indocumentados o de personas sin estatus legal. En todo caso, solo podría impactar a los hijos que nazcan a partir de ahora en los estados que presentaron la demanda: Washington, Maryland y New Hampshire. Sin embargo, aún no se ha tomado una decisión definitiva. Tampoco se descarta que otros estados presenten nuevas demandas en el futuro.
Con este gran análisis concluyo este artículo, siempre con el compromiso de guiar a mis lectores y seguidores en la mejor forma de emigrar legalmente y educarse en los Estados Unidos.
Sabemos que este fallo genera preocupación e incertidumbre, especialmente para quienes han construido su vida en este país desde la esperanza y el esfuerzo. Llamamos a la calma. Este no es el final del camino. Todavía hay vías legales, argumentos constitucionales y organizaciones que siguen luchando por los derechos de nuestra comunidad.
Confiemos en que los abogados seguirán dando la batalla en los tribunales, como lo han hecho en tantas otras ocasiones, defendiendo la justicia, la equidad y la dignidad de los inmigrantes.
Desde Educando al Inmigrante, seguiremos informando con responsabilidad, porque entendemos que la verdadera protección comienza con la educación legal y la acción consciente.
Quisiera cerrar con nuestro eslogan, que hoy cobra más fuerza que nunca:
“El conocimiento es de sabios, y aplicarlo es de inteligentes.”
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Cualquier ayuda no duden en escribirnos por nuestras redes.
Reportaje realizado por YANET MUÑOZ Periodista y Abogada Venezolana, Paralegal, Coordinadora legal del Área Migratoria oficina del Abogado Gustavo García-Montes, Magister en Leyes, Directora de la Revista Educando al Inmigrante en los EEUU.


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