TPS Venezuela: el Noveno Circuito rechaza mantener suspendida la orden judicial Qué dijo el tribunal, qué dejó sin decir y qué puede pasar a partir del 6 de noviembre Por Yanet Muñoz
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TPS Venezuela: el Noveno Circuito rechaza mantener suspendida la orden judicial
Qué dijo el tribunal, qué dejó sin decir y qué puede pasar a partir del 6 de noviembre
Por Yanet Muñoz | Abogada, Periodista Venezolana & Magíster en Leyes – EEUU Noti-america.com | Domingo 1 de noviembre de 2026
Miles de familias venezolanas se hacen hoy la misma pregunta: ¿vuelve o no vuelve el TPS? La respuesta honesta es que todavía no lo sabemos. Lo que sí sabemos es lo que decidió el Noveno Circuito el viernes, y conviene leerlo con calma, porque entre lo que dice la orden y lo que se comenta en redes hay una distancia importante.
Lo que decidió el tribunal
El 30 de octubre de 2026, un panel de tres jueces del Noveno Circuito, integrado por Kim McLane Wardlaw, Salvador Mendoza Jr. y Anthony D. Johnstone, negó la solicitud del Gobierno de suspender, mientras dura la apelación, la orden preliminar del tribunal de distrito de San Francisco que favorece a los beneficiarios del TPS de Venezuela. Negó además una petición subsidiaria de suspensión administrativa de al menos 21 días. Y dispuso que se fije por separado un calendario acelerado para discutir el fondo del caso.
La orden es breve y no explica el razonamiento de los jueces. No resuelve si la terminación del TPS fue legal. Resuelve algo más acotado: si la orden del tribunal de distrito debe quedar en pausa mientras se tramita la apelación.
Cómo llegamos hasta aquí
El caso, hoy llamado National TPS Alliance v. Mullin, nació cuando se revocó la extensión del TPS venezolano y se terminó la designación. El tribunal de distrito concluyó que la entonces secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, excedió su autoridad. Después intervino la Corte Suprema, que suspendió esa decisión. Hoy el caso lleva el nombre del actual secretario, Markwayne Mullin.
El 5 de octubre de 2026, la Corte Suprema concedió certiorari, anuló una decisión previa del Noveno Circuito y devolvió el caso para que se reconsiderara a la luz de Mullin v. Doe. Ese mismo día, el Gobierno pidió que la orden preliminar quedara suspendida desde el momento en que venza la suspensión que ya había concedido la Corte Suprema, es decir, el 6 de noviembre. Esa es la petición que el Noveno Circuito acaba de rechazar.
Qué significa el 6 de noviembre
Según el equipo legal de los demandantes, si la Corte Suprema no interviene, las protecciones se restablecerían ese día mientras continúa el litigio. Es una lectura razonable, porque ese día vence la suspensión de la Corte Suprema. Pero la orden del viernes no restablece el TPS por sí sola, no decide si la terminación fue legal y no es una victoria definitiva. Tampoco dice cómo ni cuándo USCIS aplicaría la decisión.
El obstáculo de fondo: Mullin v. Doe
El 25 de junio de 2026, la Corte Suprema decidió, por 6 votos contra 3, con la mayoría escrita por el juez Alito, que la ley prohíbe la revisión judicial de los reclamos no constitucionales contra las terminaciones de TPS, incluidos los pasos que preceden la decisión. Dejó abierta la pregunta de si los reclamos constitucionales también quedan excluidos. Los jueces Kagan, Sotomayor y Jackson disintieron.
Es previsible que el Gobierno invoque esa doctrina en el caso venezolano. Las fuentes que consulté sobre Mullin v. Doe no analizan a Venezuela, así que no corresponde adelantar cómo se resolverá. Esa discusión se dará en el calendario acelerado que ordenó el Noveno Circuito.
Escenarios hasta el 6 de noviembre
Primero, que el Gobierno acuda otra vez a la Corte Suprema con una solicitud de emergencia. Ya intervino en este caso antes, por lo que no puede descartarse. Segundo, que no haya nueva intervención y la orden recupere efecto, con instrucciones posteriores del DHS y de USCIS. Tercero, un resultado intermedio, como una orden parcial. Por eso la fecha del 6 no debe tomarse como definitiva todavía.
¿Y si el TPS se restablece? Lo que sabemos y lo que no
La experiencia de septiembre de 2025 ofrece una pista, no una garantía. Entonces, después de la decisión del tribunal de distrito, USCIS actualizó su página web, y las instrucciones sobre cómo documentar el estatus y la autorización de empleo llegaron después. Es razonable esperar algo parecido: primero la orden, luego las instrucciones oficiales.
Hoy hay preguntas sin respuesta. La primera es la vigencia: la extensión restablecida en 2025 llegaba hasta el 2 de octubre de 2026, una fecha ya pasada, y la orden no explica cómo se tratará ese plazo. La segunda es el permiso de trabajo: no sabemos si los documentos seguirán vigentes, si habrá nueva fecha de validez ni qué deberán presentar trabajadores y empleadores. La tercera es quién queda cubierto: en 2025 el grupo incluía a los titulares de la designación de 2023 y a quienes del grupo de 2021 se reinscribieron bajo el aviso de enero de 2025, y habrá que ver si el alcance se mantiene.
Además, un TPS restablecido sería temporal y condicionado al litigio. Podría volver a suspenderse si la Corte Suprema interviene o si el Noveno Circuito falla en contra de los beneficiarios. Quien recupere sus protecciones no debería asumir que son definitivas ni abandonar otras opciones migratorias.
Qué hacer mientras tanto
No asumas que tu TPS o tu permiso de trabajo están vigentes hasta que haya instrucciones oficiales. Confirma con un abogado si estás dentro del grupo protegido. Guarda tus pruebas de residencia, tus permisos anteriores y todas tus notificaciones. Si el TPS se restablece, espera las instrucciones oficiales antes de presentar formularios o entregar documentos a tu empleador. Desconfía de quien ofrezca “activar” o renovar el TPS a cambio de dinero. Y evalúa con tu abogado otras vías, porque el TPS es una protección temporal y no una residencia.
Mi reflexión final
Como venezolana, recibo esta decisión con esperanza. Como abogada, me toca recordar que una orden que niega una suspensión no es una sentencia final, y que la última palabra puede venir del máximo tribunal. En días como estos, la información precisa protege más que cualquier titular. Sigamos las fuentes oficiales, evitemos los rumores y tomemos decisiones con asesoría legal.
Este artículo es informativo y educativo; no constituye asesoría legal. Siempre es recomendable consultar con un abogado.
Seguiré informando sobre este y otros temas cada semana aquí en Noti-america.com y en todas mis redes como @tuparalegal.
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Despacho García-Montes, P.A. — Defensa Criminal, Migratoria y Corporaciones — Miami.
Yanet Muñoz es abogada venezolana, periodista y Magíster en Leyes en Estados Unidos. Coordinadora Legal de Inmigración en Law Office of Gustavo J. García-Montes, P.A., y CEO de Tu Paralegal Services LLC.
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¡Feliz domingo Yanet!



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