Matrimonio con ciudadano estadounidense: requisitos, elegibilidad y las graves consecuencias del fraude matrimonial Por: Yanet Muñoz

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Matrimonio con ciudadano estadounidense: requisitos, elegibilidad y las graves consecuencias del fraude matrimonial

Educando al Inmigrante-Yanet Muñoz

El matrimonio con un ciudadano estadounidense es una de las vías legales más conocidas para obtener la residencia permanente en Estados Unidos. Sin embargo, es importante entender que no se trata de un beneficio automático ni de un simple trámite administrativo. Es un proceso legal riguroso que exige demostrar que el matrimonio es real, bona fide, y que fue celebrado con la intención genuina de establecer una vida en común.

Requisitos básicos para una petición por matrimonio

Cuando un ciudadano estadounidense presenta una petición familiar para su cónyuge extranjero, el proceso generalmente involucra:

  1. Presentación del Formulario I-130 (Petición de Familiar Extranjero).
  2. Demostración de la validez legal del matrimonio.
  3. Evidencia de que el matrimonio es genuino y no celebrado con fines migratorios.
  4. Cumplimiento de requisitos financieros mediante el Formulario I-864 (Declaración Jurada de Patrocinio Económico).
  5. Elegibilidad del beneficiario para ajuste de estatus o procesamiento consular.
  6. Admisibilidad del beneficiario conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

Pero más allá de los formularios, lo que USCIS analiza es la intención al momento de contraer matrimonio.

¿Qué significa matrimonio bona fide?

Un matrimonio bona fide implica:

  1. Intención real de formar una vida en común.
  1. Convivencia o planes claros de convivencia.
  2. Mezcla de finanzas.
  3. Evidencia de relación previa y continua.
  4. Integración familiar y social.

USCIS evalúa múltiples factores, incluyendo cuentas bancarias conjuntas, contratos de arrendamiento, declaraciones de impuestos conjuntas, seguros compartidos, fotografías auténticas, testimonios y coherencia en entrevistas.

Si el matrimonio tiene menos de dos años al momento de aprobarse la residencia, el extranjero recibe residencia condicional por dos años. Posteriormente, debe presentar el Formulario I-751 para remover condiciones y volver a demostrar que el matrimonio fue legítimo.

El punto de impacto: cuando el matrimonio se convierte en fraude

El 10 de febrero de 2026, USCIS anunció su colaboración en una investigación federal que resultó en la acusación formal de once personas por presunta conspiración para cometer fraude matrimonial y sobornos.

Según la acusación, los implicados habrían reclutado ciudadanos estadounidenses preferiblemente miembros de las fuerzas armadas para contraer matrimonios fraudulentos con ciudadanos extranjeros que buscaban obtener ilegalmente la residencia permanente.

Los matrimonios se celebraron en múltiples estados, incluyendo Florida, Nueva York, Connecticut y Nevada. Para crear la apariencia de legitimidad, los conspiradores organizaban sesiones fotográficas y fabricaban evidencia para presentarla ante oficiales de USCIS.

El esquema incluía pagos estructurados: una cantidad inicial por casarse, un segundo pago tras la aprobación del beneficio migratorio y un pago final después del divorcio. Además, algunos de los acusados enfrentan cargos por conspiración para sobornar a un funcionario público.

El caso fue investigado por HSI, el FBI, el Servicio Naval de Investigación Criminal y USCIS. En procesos relacionados, cuatro exmiembros de la Marina se declararon culpables.

Una acusación formal no implica culpabilidad; sin embargo, el mensaje institucional es claro: el fraude matrimonial es una prioridad de investigación federal.

Consecuencias migratorias y penales del fraude matrimonial

El fraude matrimonial no solo implica la negación del beneficio. Sus consecuencias pueden ser permanentes y devastadoras.

Bajo la sección 204(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, si USCIS determina que una persona intentó o participó en un matrimonio fraudulento para evadir las leyes migratorias, se le prohíbe de por vida recibir beneficios migratorios basados en peticiones familiares futuras.

Esto significa que, aunque en el futuro contraiga un matrimonio genuino, podría quedar inhabilitado permanentemente.

Además, pueden aplicarse:

  1. Cargos criminales federales.
  2. Multas significativas.
  3. Penas de prisión.
  4. Procesos de deportación.
  5. Inadmisibilidad por fraude o tergiversación material bajo INA §212(a)(6)(C)(i).

Es importante comprender que USCIS tiene amplios mecanismos de investigación, incluyendo entrevistas separadas, revisiones financieras, análisis de redes sociales y cooperación con agencias federales.

Un mensaje claro para la comunidad

Casarse únicamente con el propósito de obtener beneficios migratorios no constituye una estrategia legal; es un delito federal que puede acarrear consecuencias penales y migratorias severas, incluyendo la imposibilidad permanente de acceder a futuros beneficios bajo la ley de inmigración.

En nuestra oficina hemos visto de primera mano las repercusiones de este tipo de decisiones. El abogado Gustavo García-Montes, con más de 30 años de experiencia en materia criminal y migratoria, ha representado casos en los que una acción impulsiva terminó generando consecuencias irreversibles para el historial migratorio de una persona.

Las decisiones en inmigración no solo deben evaluarse desde el punto de vista administrativo, sino también desde el ámbito penal. Por eso insistimos: el camino correcto siempre será el legal y estratégicamente

El matrimonio como vía migratoria es completamente válido cuando es real. La ley protege a las parejas genuinas. Pero cuando se utiliza como herramienta para evadir el sistema, las consecuencias pueden ser permanentes.

En Educando al Inmigrante creemos en procesos legales sólidos, éticos y estratégicos. Existen alternativas legítimas para obtener la residencia, pero deben construirse con fundamento jurídico, evidencia auténtica y asesoría profesional adecuada.

“La educación migratoria no solo protege sueños. Protege el futuro.”

 

Reportaje realizado por la Magíster en Leyes en Estados Unidos Yanet Muñoz Periodista, Abogada venezolana, Paralegal y Coordinadora del Área Migratoria en la Oficina del Abogado Gustavo García-Montes y  Directora de la Revista Educando al inmigrante en  EEUU.

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