USCIS suspende tarifas migratorias para ciertos solicitantes de asilo tras fallo judicial Por: Yanet Muñoz
NOTI-AMERICA.COM
Educando al Inmigrante · Noti-america · Edición Dominical
USCIS suspende tarifas migratorias para ciertos solicitantes de asilo tras fallo judicial
Un tribunal federal en California ordenó pausar el cobro de tarifas impuestas por la Ley HR-1 a los miembros del Colectivo Ms. L. v. ICE familias separadas en la frontera durante la política de «tolerancia cero». La medida tiene efecto desde el 5 de febrero de 2026.
Yanet Muñoz
Magíster en Leyes (EE.UU.) · Abogada y Periodista Vzla · Domingo, 29 de marzo de 2026 · Noti-america
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció la suspensión temporal de ciertas tarifas migratorias para un grupo específico de solicitantes de asilo, luego de que un tribunal federal en California emitiera una orden en el marco del caso Ms. L. v. ICE. Esta medida, vigente desde el 5 de febrero de 2026, afecta directamente a los miembros del Colectivo de Demandantes Ms. L. y sus Familiares Adicionales Elegibles (QAFM) , familias que fueron separadas en la frontera sur durante la política de «tolerancia cero» del primer gobierno Trump.
Antes de entrar en los detalles de esta decisión, es fundamental que la comunidad entienda una cosa con claridad: esta suspensión no aplica a todos los solicitantes de asilo. Solo beneficia a quienes están registrados y confirmados como miembros del colectivo Ms. L. o QAFM a través del portal juntos.gov. Si usted no está en ese grupo, las tarifas migratorias vigentes aplican con normalidad.
«Miles de niños, incluyendo bebés y niños pequeños, fueron arrancados de los brazos de sus padres sin previo aviso , muchos sin saber si algún día volverían a verse.»
¿Qué es el caso Ms. L. v. ICE y por qué importa?
La historia de este caso comienza en febrero de 2018, cuando la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) presentó una demanda federal en nombre de «Ms. L.», una madre congolesa que fue separada de su hija de 7 años al llegar a la frontera buscando asilo. Lo que comenzó como un caso individual pronto se convirtió en una demanda colectiva que expuso una política sistemática del gobierno: la separación forzada de miles de familias inmigrantes bajo la llamada política de «tolerancia cero» del primer gobierno Trump, implementada entre 2017 y 2018.
En junio de 2018, el tribunal federal ordenó el fin inmediato de las separaciones y la reunificación de las familias. La lucha legal continuó por años, y en octubre de 2023 el gobierno de los Estados Unidos llegó a un acuerdo histórico que estableció protecciones contra futuras separaciones y proveyó servicios de reunificación familiar, asistencia legal, salud conductual y apoyo a aproximadamente 4,500 a 5,000 familias afectadas. El acuerdo también creó el Grupo de Trabajo sobre Reunificación Familiar, que continúa operando a través de los portales together.gov y juntos.gov para identificar y asistir a los miembros del colectivo.
La nueva decisión: suspensión de tarifas HR-1
Como parte de las protecciones derivadas de ese acuerdo, un juez federal emitió en 2026 una nueva orden que obliga a USCIS a suspender el cobro de ciertas tarifas impuestas por la Ley Pública 119-21, conocida como HR-1, para los miembros del colectivo. Las tarifas suspendidas incluyen la tarifa de la solicitud de asilo (Formulario I-589), la tarifa anual de asilo, la tarifa del permiso de permanencia temporal, la tarifa del documento de autorización de empleo (EAD) inicial y su renovación. Todas estas exenciones aplican exclusivamente a los miembros del colectivo Ms. L. y QAFM, con efecto retroactivo desde el 5 de febrero de 2026.
Para el resto de los solicitantes de asilo, el panorama es diferente. Desde el 2 de febrero de 2026, tanto USCIS como los tribunales de inmigración cobran la tarifa anual de asilo de $102 para casos pendientes por más de un año, además de una tarifa inicial de $100 para nuevas solicitudes. Estas tarifas, que habían estado pausadas por demandas anteriores, ya están plenamente vigentes para quienes no pertenecen al colectivo Ms. L.
¿Qué deben hacer los miembros del colectivo?
Si usted cree que podría ser miembro del Colectivo Ms. L. o QAFM, lo primero es verificar su elegibilidad registrándose en juntos.gov y siendo confirmado por el Grupo de Trabajo sobre Reunificación Familiar. Solo después de esa confirmación puede beneficiarse de la exención de tarifas. Quienes recibieron notificaciones de pago antes del 5 de febrero de 2026 pero no realizaron ningún pago, deben saber que esas notificaciones han sido rescindidas automáticamente y no están obligados a pagar.
Para quienes presenten una nueva solicitud de asilo como miembros del colectivo, USCIS exige que escriban «Ms. L Settlement Class Member» en la parte superior de la primera página del Formulario I-589 y que envíen la solicitud en formato impreso por correo. Si la solicitud se presenta en línea, USCIS podría rechazarla. Este detalle procedimental es crítico y no debe pasarse por alto.
La postura del gobierno y el futuro de esta medida
USCIS ha dejado claro públicamente que no está de acuerdo con la decisión judicial y que está evaluando posibles acciones legales para impugnarla. Esto significa que la situación puede cambiar. Esta suspensión es temporal y está sujeta al resultado del proceso judicial en curso. Los miembros del colectivo deben mantenerse informados y actuar con prontitud mientras la medida esté vigente, ya que no hay garantía de que se extienda indefinidamente.
Análisis: ¿qué significa esto para nuestra comunidad?
Esta decisión judicial representa un respiro temporal para familias que ya sufrieron la separación forzada en la frontera y que ahora enfrentaban nuevas barreras económicas para regularizar su estatus migratorio. Sin embargo, es crucial entender sus límites: aplica exclusivamente a un colectivo definido y acotado, no a la población inmigrante en general.
Para quienes sí califican, el proceso de verificación es el primer paso indispensable. Un error en la presentación del formulario, como enviarlo en línea en lugar de impreso, o no indicar la membrecía al colectivo, podría resultar en un rechazo y complicar aún más el caso. Recomendamos que todo miembro del colectivo Ms. L. consulte con un abogado de inmigración o un representante acreditado antes de presentar cualquier solicitud. No actúe solo. La complejidad del sistema migratorio hace que cada detalle cuente, y en estos casos, un error puede costar meses o años de retraso.
Como siempre, desde esta columna dominical nuestro compromiso es mantenerlos informados con información verificada, clara y accesible. Si tiene preguntas sobre este tema o cualquier otro asunto migratorio, no dude en consultar con un profesional calificado
«Conocer tus derechos es el primer paso para defenderlos.»
Reportaje realizado por la Magíster en Leyes en Estados Unidos Yanet Muñoz Periodista,
Abogada venezolana, Paralegal, Coordinadora del Área Migratoria en la Oficina del Abogado
Gustavo García-Montes y Directora de la Revista Educando al inmigrante en EEUU.



Comentarios recientes