EL BOLETÍN DE VISAS DE ABRIL 2026 ABRIÓ UNA VENTANA QUE NO PUEDES DEJAR CERRAR POR: Yanet Muñoz

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EL BOLETÍN DE VISAS DE ABRIL 2026 ABRIÓ UNA VENTANA QUE NO PUEDES DEJAR CERRAR

Educando al Inmigrante-Yanet Muñoz

Hay meses en los que el gobierno de los Estados Unidos publica un documento que pasa desapercibido para la mayoría, pero que para miles de familias inmigrantes puede significar la diferencia entre seguir esperando o finalmente mover su caso hacia la residencia permanente. Ese documento se llama el Visa Bulletin  el Boletín de Visas y el de abril de 2026 llegó con noticias que merecen toda tu atención.

Antes de entrar en detalle, una aclaración que siempre es necesaria: el Boletín de Visas tiene dos tablas distintas que no deben confundirse. La primera se llama Final Action Dates Fechas de Acción Final y es la que determina cuándo USCIS puede aprobar definitivamente una tarjeta de residencia. La segunda se llama Dates for Filing Fechas de Presentación y es la que determina cuándo puedes someter tu solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), aunque la aprobación final llegue después. Someter el I-485 es importante porque activa beneficios inmediatos como el permiso de trabajo y el permiso de viaje mientras el caso está en proceso.

La gran noticia de este mes es que USCIS confirmó que los solicitantes pueden usar la tabla de Dates for Filing, la más favorable, tanto para categorías familiares como de empleo. Y no es casualidad: esto marca el sexto mes consecutivo en que USCIS permite usar esta tabla. Algo poco común, y una señal de que hay más visas disponibles que solicitantes listos para utilizarlas.

La F2A llega a CURRENT  Una oportunidad histórica para familias de residentes permanentes

Si eres residente permanente y tienes a tu cónyuge o a tus hijos menores de 21 años esperando proceso migratorio, el boletín de abril tiene una noticia directa para ti: la categoría F2A  para esposos e hijos de residentes permanentes  está ahora completamente al día, es decir CURRENT, en la tabla de Dates for Filing para todos los países sin excepción.

Esto significa que en este momento, sin importar la fecha de prioridad de tu caso, puedes someter la solicitud de ajuste de estatus si tu familiar está dentro del país y cumple los requisitos de elegibilidad. La aprobación final tiene una pequeña espera, pero el solo hecho de poder presentar el I-485 ahora es una ventaja enorme porque protege el caso, establece la fecha oficial y activa derechos mientras se procesa.

Esta es una de esas ventanas que los abogados de inmigración señalan como urgentes. Aprovechala.

Las visas de empleo EB-1, EB-2 y EB-3: avances que no se veían desde hace tiempo

El otro gran protagonista de este boletín son las categorías de empleo, y los movimientos son significativos.

En las categorías de empleo, la EB-2 para profesionales con maestría y para quienes califican bajo la Exención por Interés Nacional  se volvió CURRENT para todos los países excepto China e India. Esto quiere decir que si tienes una petición EB-2 aprobada y no eres nacional de esos dos países, en este momento puedes proceder con tu solicitud de residencia.

Para India, la fecha de corte de EB-2 avanzó a julio 15 de 2014, un salto de casi diez meses respecto al mes anterior. Para China, se mantiene en septiembre 1 de 2021. En la categoría EB-3, el resto del mundo avanzó hasta junio 1 de 2024. India se mantiene en noviembre 15 de 2013, y China avanzó levemente hasta junio 15 de 2021.

La EB-1  reservada para personas con capacidades extraordinarias, investigadores destacados y ejecutivos de compañías multinacionales sigue siendo CURRENT para la gran mayoría de países.

¿Por qué están avanzando tan rápido estas fechas? Una explicación que varios abogados de inmigración han señalado, entre ellos el Abogado Gustavo García-Montes del despacho donde trabajo, es que la congelación del procesamiento consular que afecta a cerca de 75 países ha reducido la emisión de visas inmigrantes en el exterior, liberando números disponibles para quienes solicitan ajuste de estatus dentro de los Estados Unidos. Esto ha llevado a USCIS a mantener la tabla de Dates for Filing por más tiempo del que normalmente lo haría, dado que el volumen de solicitantes es menor al proyectado. Cabe destacar que las residencias basadas en empleo, en particular las que califican bajo la Exención por Interés Nacional, entran en una categoría especial que las hace menos susceptibles a estos vaivenes del mercado de visas.

En términos sencillos: quienes están dentro del país están beneficiándose de una situación que, aunque tiene causas complejas, genera una oportunidad real y concreta en este momento.

Pero aquí viene la advertencia que no debe ignorarse: Abogados en inmigración advierten que el riesgo de retrogresión hacia finales del año fiscal 2026 es real. Cuando el volumen de solicitudes aumente como respuesta a estos avances, las fechas podrían retroceder. Quienes sean elegibles deben actuar con urgencia.

¿Quién puede ajustar estatus dentro del país?

El ajuste de estatus  someter el I-485 desde dentro de los Estados Unidos en lugar de procesar el caso desde el consulado en el exterior no está disponible para todo el mundo. Para poder solicitarlo, en términos generales se requiere haber entrado legalmente al país, no haber acumulado presencia ilegal significativa, tener una petición aprobada o poder hacer el concurrent filing, y no tener barras de inadmisibilidad activas.

La entrada legal es uno de los factores más determinantes. Quien entró por un aeropuerto con una visa de turista, un parole humanitario, o cualquier otro documento válido de admisión, generalmente tiene una base más sólida que quien cruzó sin inspección. Pero incluso dentro de quienes entraron legalmente, los detalles importan: qué tipo de documento usaron, cuándo vence o venció, si hubo salidas y regresos, si hay órdenes de deportación anteriores.

Cada historial migratorio es distinto, y esa es precisamente la razón por la que la asesoría legal individual es indispensable antes de tomar cualquier decisión.

Asilo y TPS: lo que necesitas entender en este momento

Dos de las situaciones más comunes entre inmigrantes latinoamericanos en este país son el asilo y el TPS, y ambas tienen implicaciones específicas en el contexto de los avances del boletín de abril.

Sobre el asilo: si ingresaste a los Estados Unidos por vía legal aeropuerto, puerto de entrada  y sometiste tu solicitud de asilo dentro de los primeros seis meses de tu llegada según tu I-94, puedes tener una base importante para eventualmente ajustar estatus, aún si luego acumulaste tiempo sin estatus legal mientras el caso estaba pendiente. Si te fue concedido el asilo, puedes someter el I-485 para aplicar al green card, pero USCIS no procesará la aprobación final hasta que hayas estado físicamente presente en el país durante al menos un año después de que te fue otorgado el asilo.

Es importante distinguir el asilo afirmativo  el que se solicita directamente ante USCIS  del asilo defensivo, que se tramita ante un juez de inmigración cuando hay un proceso de deportación abierto. Ambos pueden llevar al green card si el caso es exitoso, pero los pasos y los plazos son distintos.

Sobre el TPS: la situación en 2026 es de alta incertidumbre. El TPS no proporciona por sí solo un camino hacia la residencia permanente. Sin embargo, una persona con TPS que sea elegible para residencia por otra vía familiar o laboral  puede intentar ese camino. La complicación es que en varios circuitos judiciales del país existe debate sobre si el TPS cuenta como una «entrada legal» suficiente para ajustar estatus por vía familiar. La respuesta depende en parte del estado donde vives y de cómo entraste originalmente al país.

Una cosa que muchos no saben es que tener TPS y aplicar para asilo no son excluyentes. Son dos procesos completamente separados. A diferencia del TPS, ganar un caso de asilo abre la puerta al green card y eventualmente a la ciudadanía. Para quienes tienen TPS y huyeron de situaciones de peligro real en su país, explorar la vía del asilo  con la orientación de un abogado  puede ser una estrategia válida y complementaria. Pero cada caso es particular y la experiencia de un abogado va a marcar la diferencia.

¿Y si estás fuera del país?

Para quienes tienen una petición aprobada y están procesando desde el exterior a través del consulado, el avance de las fechas en el boletín también es relevante: significa que podrían estar más cerca de ser llamados para entrevista. Sin embargo, el procesamiento consular en muchos países está funcionando más lento que en años anteriores. La recomendación es mantener el expediente completamente actualizado con el National Visa Center y responder con rapidez a cualquier solicitud de documentos.

“La regla de oro: cada caso es diferente”

Este artículo busca educarte, orientarte, darte contexto. Pero hay algo que esta columna no puede hacer, y que ningún artículo, video en redes sociales o conversación de vecindario puede hacer: analizar tu caso específico.

Tu historial de entrada, tus fechas, tu tipo de petición, las salidas y regresos del país, una orden de deportación anterior, el circuito judicial donde vives  todo eso determina si los avances de este boletín te benefician directamente o si tu situación requiere una estrategia diferente.

Busca la orientación de un abogado de inmigración licenciado antes de tomar cualquier paso. Si no tienes recursos económicos para contratar a uno, existen organizaciones sin fines de lucro en casi todas las ciudades del país que ofrecen consultas gratuitas o a muy bajo costo.

La información es poder. Pero en inmigración, la información sin orientación legal puede llevar a decisiones que cierren puertas en lugar de abrirlas. Infórmate, pero también asesórate.

“La educación migratoria no solo protege sueños. Protege el futuro.”

 

 

Reportaje realizado por la Magíster en Leyes en Estados Unidos Yanet Muñoz Periodista,

Abogada venezolana, Paralegal y Coordinadora del Área Migratoria en la Oficina del Abogado

Gustavo García-Montes y Directora de la Revista Educando al inmigrante en EEUU.

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