Presidente decretó toque de queda en Ecuador
REDACCIÓN NOTI-AMÉRICA | ECUADOR

Los habitantes de Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas podrán circular libremente hasta la media noche del sábado 14 de marzo de 2026. Luego de eso arranca la primera madrugada con restricción de movilidad y podrán salir de sus hogares solo desde la 05:00.
El presidente de la República, Daniel Noboa Azín, firmó, este viernes 13 de marzo, el Decreto Ejecutivo 329 que ordena la suspensión del derecho a la libertad de tránsito en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas.
La medida se aplicará desde este domingo 15 de marzo de 2026 a las 00:00 y estará vigente hasta el 30 de marzo, entre las 23:00 y las 05:00, fecha que finaliza la renovación del estado de excepción del Decreto Ejecutivo 311, firmado el 28 de febrero de 2026.

En el documento del Decreto 329 Noboa dispone que se modifique el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 277 del 31 de diciembre de 2025, renovado mediante el Decreto Ejecutivo 331 del 28 de febrero de 2026, que a su vez estipuló una renovación por 30 días del estado de excepción.
Se ejecutará la restricción para facilitar las operaciones programadas por las fuerzas del orden para atacar al crimen organizado que, según los informes técnicos del decreto, operan con mayor intensidad en la mencionada franja horaria.
Del toque de queda, solo se exceptúan los servicios de salud pública y privada, la fuerza pública, entidades de seguridad y servicios de gestión de riesgos, emergencias y desastres. No están incluidos sectores productivos, periodistas ni viajeros. Pues no se emitirán salvoconductos.
El personal que está dentro de las excepciones deberá mostrar la documentación que lo acredite frente a la Policía Nacional, Fuerzas Armadas o agentes de tránsito, quienes estarán facultados para realizar controles durante el horario de restricción.
La Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos debe coordinar con el Ministerio del Interior para garantizar la movilización del personal y vehículos destinados a atender las emergencias propias de la época invernal.
El Primer Mandatario encargó la ejecución del decreto al Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Policía Nacional y Fuerzas Armadas en coordinación con las entidades e instituciones competentes.



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