La Audiencia Nacional rechaza las medidas propuestas por un bufete de abogados sobre la opa del BBVA al Sabadell

NOTI-AMERICA.COM | ESPAÑA
La Audiencia Nacional ha rechazado las medidas cautelarísimas solicitadas por el bufete de abogados Statera Legal, y en concreto del abogado Ibor Fernándes Romero. Las medidas pedían que no se emplearan los resultados de la consulta pública abierta por el Gobierno sobre la opa lanzada por el BBVA al Sabadell, al entender que no existe la urgencia que se pretende.
En un auto fechado el martes 3 de junio al que ha tenido acceso RTVE.es, la Audiencia explica que la decisión sobre la operación corresponde al Consejo de Ministros. El tribunal señala que es el Ejecutivo el que tiene que resolver en última instancia si mantener, endurecer o suavizas las medidas expuestas el pasado mes de mayo por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para la opa del BBVA sobre el Banco Sabadell.
Es por lo tanto el Gobierno el que debe evaluar si la opa afecta o no al interés general, como afirmaba el bufete en su recurso, “distintas de la defensa de la competencia” en los márgenes del 10º artículo de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
El Ministerio de Economía abrió una consulta pública del 6 al 16 de mayo para recabar la opinión de cualquiera que considerara que la opa del BBVA al Sabadell afecta al interés general, después de la resolución favorable a la opa de la CNMC, aunque sujeta a una serie de compromisos.
La idea era escuchar la opinión de terceros para que Economía, con toda la información disponible, decidiera si elevaba la cuestión al Consejo de Ministros, como finalmente anunció el ministro, Carlos Cuerpo. Esto abre la puerta a que el Ejecutivo imponga nuevas condiciones que puedan complicar la operación para el BBVA. La fecha límite es el 27 de junio.
Esta consulta pública, según el auto de la Audiencia, es un mero «trámite no cualificado que no decide ni directa ni indirectamente sobre el fondo del asunto», y la decisión de elevar la consulta al Consejo de Ministros cuenta, «como hecho base», con la particularidad de que cinco ministerios con competencias económicas (Industria, Transición Ecológica y Reto Demográfico, Seguridad Social e Inclusión y Trabajo, y Economía) lo habían pedido.
«No son precisamente los resultados de la consulta pública el determinante, al menos con carácter exclusivo, de dicha elevación y habrá de verse si determinan y en qué medida la decisión del Consejo de Ministros», prosigue el auto del tribunal.
La Audiencia recuerda que «cualquiera que sea» la decisión que adopte el Ejecutivo, puede ser cuestionada ante el órgano jurisdiccional competente, que es el Tribunal Supremo. Además, el auto aclara que la medida cautelar pedida por el bufete de abogados «ha decaído por la propia actuación de la parte recurrente».
El auto cuenta con el voto particular del magistrado Francisco Díaz Fraile, que señala que la «especial urgencia» viene dada por el hecho de que el ministro de Economía haya elevado la decisión «sobre la concentración económica en cuestión al Consejo de Ministros».
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