La Justicia europea rechaza los recursos planteados por empresas españolas contra el tope ibérico al gas

NOTI-AMERICA.COM | ESPAÑA
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha avalado este miércoles el tope en el precio del gas que adoptaron España y Portugal para contener el precio de la electricidad en plena crisis energética frente a la denuncia planteada por varias empresas que cuestionan que esta medida se ajuste a la legislación comunitaria.
La sentencia, contra la que todavía cabe recurso, rechaza la denuncia planteada por PGI Spain, Berry Superfos Pamplona, Promens Packaging, RPC Envases y Zeller Plastik España contra la decisión de la Comisión Europea que dio luz verde a la medida en 2022.
Estas empresas defendían que el Ejecutivo comunitario concluyó que dicho mecanismo se ajustaba a la legislación comunitaria porque «no entendió correctamente el funcionamiento» del mismo, al tiempo que reclamaban que la medida no era «adecuada» ni «proporcionada», pero sí «discriminatoria».
El mecanismo impone un tope a la cotización del gas en el mercado mayorista de la electricidad y efectúa pagos a operadores de centrales eléctricas de combustibles fósiles para cubrir parte de sus costes, de forma que el resultado es una reducción del precio final debido a que estos son los factores más influyentes en el proceso de fijación del mismo.
Estas compensaciones a las centrales se financian, principalmente, mediante una contribución impuesta a los compradores de electricidad en dicho mercado mayorista, pero incluía una exención para aquellos compradores de electricidad respecto a la parte de sus compras regidas por contratos anteriores al 26 de abril de 2022.
En defensa de su propia decisión, y apoyada por España en el asunto, la Comisión Europea defendió en la vista que «no estaba obligada a analizar la situación» concreta de los demandantes, los cuales, aunque no compran directamente la electricidad en el mercado mayorista, soportan los costes de la medida, pero «no se benefician totalmente de la reducción de los precios».
Por su parte, los abogados del Estado español se sumaron a esta consideración y defendieron que «el objetivo de la medida era bajar los precios del mercado mayorista de electricidad» y no «tener en cuenta todas las situaciones legales factuales en las que se pudieran encontrar los consumidores finales».
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