El Senado aprueba en primera y segunda lectura la reforma a la Constitución
Noti-América República Dominicana
Santo Domingo,RD
El Senado de la República aprobó este viernes en dos sesiones extraordinarias consecutivas el proyecto de ley de reforma a la Constitución de la República Dominicana.
Esta sería la ocasión número 40 en la que se modifica la Carta Magna, esta vez sometida por el Poder Ejecutivo encabezado por el presidente Luis Abinader.
La comisión bicameral que estudió el proyecto de reforma rindió un informe favorable y la pieza fue declarada de urgencia mediante el voto de los senadores.
La aprobación de la ley de leyes ordena la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, a los 15 días después de aprobada en el Congreso Nacional.
Ahora la pieza pasa a la Cámara de Diputados para su posterior conocimiento y aprobación.
Las votaciones en primera y segunda lectura alcanzaron 25 votos a favor y dos en contra de un total de 27 congresistas presentes. Los senadores de la Fuerza del Pueblo (FP), Félix Bautista y Eduard Espíritusanto votaron en contra.
El proyecto, que declara la necesidad de reformar la Constitución en los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274, busca unificar la celebración de las elecciones presidenciales, congresuales, municipales y demás representantes electivos, a través de la modificación de los artículos 209 y 274 de la Carta Magna.
La reforma a la Constitución contempla la reducción de la matrícula de los diputados de la República de 190 a 170.
Plantea, además la modificación para sincronizar los períodos constitucionales, y que las elecciones se celebren el tercer domingo de mayo cada cuatro años, y las autoridades electas tomen posesión el 16 de agosto desde las elecciones del 2032.
Busca consolidar la autonomía constitucional del Ministerio Público y especializar sus funciones, que se designe por dos años, mediante la modificación de una serie de disposiciones constitucionales que van desde los requisitos y forma de designación del Procurador, hasta la competencia y atribuciones propias.
Establece garantizar la estabilidad constitucional de las reglas de elección presidencial, e impedir futuras modificaciones que versen sobre las mismas, mediante la modificación del actual artículo 268 de la Carta Magna.
El tema propuesto por algunos legisladores sobre si se incluye al presidente del Tribunal Constitucional (TC) en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) quedará en manos de la Asamblea Nacional Revisora, órgano que tendrá el poder para decidir sobre este particular.
Tanto el Senado de la República como la Cámara de Diputados tienen como función la aprobación del proyecto de ley que declara la necesidad de una reforma a diez artículos de la Constitución y de ordenar la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, organismo que conoce y decide sobre las reformas constitucionales.
Fuente: Diario Libre
Comentarios recientes