QUE DEBES SABER DEL TITULO 42 Y COMO AFECTARA SU FIN A LOS QUE QUIERAN MIGRAR A LOS ESTADOS UNIDOS POR PUERTOS FRONTERIZOS Por: YANETH MUÑOZ
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QUE DEBES SABER DEL TITULO 42 Y COMO AFECTARA SU FIN A LOS QUE QUIERAN MIGRAR A LOS ESTADOS UNIDOS POR PUERTOS FRONTERIZOS
El gobierno se prepara para poner fin al Titulo 42, una política que se estableció el ex Presidente Donald Trump, el cual impidió el ingreso de los migrantes a Estados Unidos por la frontera sur como una restricción de la pandemia de coronavirus, pues el CDC por sus siglas en ingles Centro para el control y prevención de enfermedades, determinaron que la deportación era necesaria para proteger la salud pública.
Pero es importante saber que es el Titulo 42:
1.- NO es un programa de asilo, tampoco cuentas con un caso activo ante las autoridades migratorias de Estados Unidos.
2.-NO es un proceso en Estados Unidos, esta devolución no te da el derecho de ver a un juez y no tienes ningún caso pendiente ante autoridades migratorias estadounidenses.
3.- NO estás en Título 42, te expulsaron por Título 42.
Por consiguientes, no pasas por un proceso legal migratorio de deportación, solo es la regla por la que te expulsan al intentar ingresar por vías terrestres o puertos de entradas irregulares.
Dentro de las políticas migratorias del Presidente Biden para enfrentarse a esta futura culminación implemento nuevas medidas de control en la frontera y señalo que estos son procesos más seguros y ordenados como lo fueron:
Parole Humanitario no solo para los Venezolanos sino para cubanos, haitianos y nicaragüenses que enfrentan dificultades singulares en sus países de origen, también se implemento para facilitar la llegada segura y ordenada de ciudadanos extranjeros que pretendan obtener una excepción de la orden de salud pública del Título 42, el DHS bajo la aplicación móvil gratuita CBP One para que los ciudadanos extranjeros programen el momento de llegada a los puertos de ingreso, sus citas.
Pero muchos se preguntan que pasara con la aplicación móvil gratuita CBP One cuando deje de estar vigente el titulo 42?
El Departamento de Seguridad Nacional de los EEUU expreso en su página oficial el 5 de enero del 2.023 que cuando ya no esté vigente la orden conforme al Título 42, CBP One se usará para ayudar a asegurar el procesamiento seguro y ordenado en los puertos de ingreso.
El Departamento de seguridad nacional expreso el día 10 de abril que realizara una prueba piloto con un grupo pequeño de inmigrantes en la frontera sur para ver como funcionara el sistema a partir del 11 de mayo cuando ya concluya el Titulo 42.
Esta Prueba piloto consiste en resolver los casos de asilo que se presenten por frontera en un lapso máximo de 72 horas, que si el extranjero no cumple con los requisitos para establecer un asilo lo van a repatriar, esta prueba va a contar con un grupo de abogados de una entidad privada que le va a permitir asesoría a estos inmigrantes. Estas entrevistas no la realizara el CBP sino funcionarios de USCIS.
El DHS está ampliando y mejorando el uso de la expulsión acelerada conforme a las facultades del Título 8, para ello el esfuerzo de estas pruebas pilotos con incremento de personal para la oleada de personas que estima que lleguen cuando concluya el titulo 42, el gobierno pronostica que el número de extranjeros diarios que estarán presentándose en la frontera con México alcanzara los cifra 18.000 migrantes, asi lo expreso Alejandro Mayorkas, en medios locales y ante una comisión del Congreso.
Buscando cifras de cuanto es el promedio actual de inmigrantes que llegan por la frontera es de aproximadamente 9,000, pero el Título 42 no es la principal causa de expulsiones en la frontera, de acuerdo con datos de la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP).
Ahora bien, bajo el Título 42, los migrantes son enviados a México de forma inmediata, bajo el Título 8 las personas son detenidas en EE. UU, hasta que prueben si tienen un caso de asilo o de lo contario estarán detenidos Temporalmente hasta que puede ser enviados a sus países de origen.
Durante todo el tiempo que el Título 42 ha estado activo, la Patrulla Fronteriza ha tenido la discreción de elegir si procesar a los migrantes bajo el Título 42 o el Título 8. Aunque la mayoría de los encuentros durante COVID-19 terminaron en expulsión bajo el Título 42.
Las personas detenidas bajo el Título 42 no tienen la posibilidad de solicitar asilo en Estados Unidos, son expulsados bajo este Título y no tiene las mismas consecuencias migratorias.
Con la actual culminación del título 42 las herramientas disponibles es el titulo 8 que como lo exprese anteriormente permite la expulsión acelerada de todos aquellos extranjeros inadmisibles, entre otros motivos, por tener antecedentes criminales y/o haber sido deportados con anterioridad.
Una nueva regla provisional de asilo se implementara a los migrantes que lleguen por la frontera de forma irregular y serán inelegibles para el asilo con castigo de 5 años. Otra regla es que si pasaron por un tercer país deben demostrar que solicitaron asilo y se le fue negado el mismo. Solo quedara en este caso a los migrantes demostrar la convención contra la tortura.
Según la norma el Cpb no puede tener a una persona detenida más de 72 horas hoy en día las estadísticas dicen lo contrario, pues se están demorando hasta 4 semanas para hacer esta evaluación de que si es apto o no el inmigrante para un asilo y otras 4 semanas para la repatriación, con la nueva prueba piloto quieren hacer todo en 72 horas.
Por ello debemos esperar como se implementara estas nuevas reglas, lo que sí es cierto que con esta propuesta se quiere dar asesoría legal gratis al inmigrante, para atender la crisis migratoria que se avecina a los Estados Unidos una vez que culmine el titulo 42, por ello el gobierno está contratando personal para atender de manera expedita la solicitud de los migrantes.
Ya para finalizar mi articulo, es importante estar bien informados de cómo será este proceso, por lo tanto la Asesoría a tiempo determinara si usted es elegible para obtener este beneficio no olviden:
“EDUCATE COMO INMIGRANTE”
Como siempre quisiera terminar con mi eslogan:
“El Conocimiento es de Sabios, y aplicarlo es de Inteligentes”.
Cualquier ayuda no duden en escribirnos por nuestras redes.
Reportaje realizado por YANET MUÑOZ Periodista y Abogada Venezolana, Paralegal y Vicepresidenta de USDPA en los EEUU ( Asociación que ayuda a los inmigrantes)
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