Proyecto de ley que garantiza derechos colectivos de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, va a primer debate
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)

Miembros de la Comisión de Garantías Constitucionales
La Comisión de Garantías Constitucionales aprobó el informe para primer debate del proyecto de Código para la Protección y Garantía de los Derechos Colectivos de las Comunas, Comunidades, Pueblos y Nacionalidades que fortalece y desarrolla los derechos colectivos reconocidos en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos; y, propicia la protección y promoción de derechos de grupos históricamente excluidos a través de un enfoque plurinacional e intercultural y de género.
La propuesta normativa determina acciones afirmativas mediante políticas públicas y otras medidas institucionalizadas que promuevan la igualdad material e inmaterial y otorguen una obligación de garantía, respeto y protección preferencial en el ejercicio de sus derechos colectivos e individuales, así como la igualdad y no discriminación, progresividad, interculturalidad, solidaridad pública, ancestralidad, plurinacionalidad, pluralismo jurídico, entre otros.
Reconoce y garantiza la posesión y propiedad de las tierras y territorios, la protección jurídica de este derecho y las formas de adquirir el dominio, demarcación, partición y titulación de sus tierras, territorios ancestrales y adquiridas y la administración de los recursos, a través del derecho propio, sus prácticas y saberes ancestrales.
También reconoce el derecho a la no contaminación de sus tierras y territorios; prohíbe el otorgamiento de licencia, aprovechamiento, uso, exploración, prospección, explotación y comercialización de los recursos naturales, en sus tierras y territorios, sin el consentimiento previo, libre e informado; el Estado se obliga a reparar, restituir y resarcir a favor de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades las tierras y territorios que hayan sido expropiados, despojados, tomados, ocupados, adjudicados, o utilizados sin el consentimiento libre, previo e informado de sus poseedores y propietarios.
Asegura el derecho a la libre determinación y régimen de autoridad comunitaria; a la identidad y patrimonio cultural; a la comunicación e información; a la protección de la sabiduría ancestral; protección del patrimonio genocultural y sabiduría genómica: planificación e investigación para la protección del patrimonio; derecho al desarrollo económico, la justicia indígena; mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y ordinaria, derechos lingüísticos, idiomas ancestrales.
El informe será remitido a la Presidencia de la Asamblea Nacional, para que sea puesto a consideración del Pleno del Legislativo.
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