Hoy Asamblea resuelve si lleva a juicio político a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana
REDACCIÓN NOTI-AMÉRICA (ECUADOR)
En la sesión No. 810 del Pleno de la Asamblea Nacional, convocada para este martes, 15 de noviembre, se resolverá sobre la solicitud de juicio político a Sofía Almeida Fuentes, David Rosero, Juan Dávalos, Graciela Estupiñán, María Fernanda Rivadeneira, Francisco Bravo y Hernán Ulloa, en sus calidades de consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), de conformidad con el inciso final del artículo 142 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
Previamente, el Pleno posesionará a Juan Carlos Larrea, como Procurador General del Estado, quien fue seleccionado y designado por el Pleno del CPCCS para el período de cuatro años, conforme lo determina el artículo 235 de la Constitución.
Posteriormente, los legisladores analizarán el proyecto de resolución para declarar el 21 de marzo de cada año como fecha conmemorativa del “Pawkar Raymi” Fiesta del Renacimiento de la Vida y de las Flores; 21 de junio como fecha conmemorativa del “Inti Raymi” Fiesta del Sol y de la Luz; 21 de septiembre como fecha conmemorativa del “Kulla Raymi” Fiesta de la Fertilidad de la Madre Tierra y de lo Femenino; y, 21 de diciembre como fecha conmemorativa del “Kapak Raymi” Fiesta Real dedicada a la Germinación en el Ecuador.
En esta sesión también está prevista la entrega de Acuerdo Legislativo y Condecoración al mérito científico a las investigadoras María Gabriela Punín y María José Valarezo.
Por último, el Pleno tratará en segundo debate el proyecto de Ley Reformatoria a varias Leyes para la Defensa y Garantía de los Derechos Individuales y Colectivos de los Trabajadores, sobre la base del informe preparado por la Comisión del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social.
A través del proyecto se incorporan disposiciones en el Código de Trabajo, con el fin de tomar en cuenta el encargo que se realiza de manera temporal y previa designación del empleador, el trabajador u obrero, quien asume total o parcialmente las funciones o cargo de un superior jerárquico, previo el cumplimiento de los requisitos, mismo que se encuentre vacante por falta temporal o definitiva de su titular. Se plantea que desde el inicio de este encargo reciba la diferencia de la remuneración mensual unificada que le corresponda.
Comentarios recientes