¿I-220A o I-220B? La diferencia que podría marcar tu futuro migratorio

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¿I-220A o I-220B? La diferencia que podría marcar tu futuro migratorio
Miami, 7 de junio 2025.
En medio del complejo sistema migratorio de Estados Unidos, cientos de miles de inmigrantes han sido liberados tras cruzar la frontera portando formularios conocidos como I-220A o I-220B. Aunque para muchos pueden parecer similares, lo cierto es que la diferencia entre ambos documentos es crucial y puede determinar el futuro legal de una persona en este país.
¿Qué es el I-220A?
El formulario I-220A, conocido como “Orden de Liberación Bajo Palabra”, no implica una orden final de deportación. Las personas que reciben este documento están aún en proceso migratorio: pueden presentar una defensa ante un juez de inmigración, solicitar asilo u otros alivios. Sin embargo, no equivale a un estatus legal formal ni a un parole migratorio, como algunos creen.
En la práctica, los portadores del I-220A deben presentarse periódicamente ante ICE bajo supervisión. El limbo legal en el que se encuentran sin un permiso de trabajo ni claridad sobre su situación migratoria ha sido motivo de preocupación y debate nacional.
¿Y el I-220B?
El I-220B, por otro lado, representa una situación mucho más crítica: es una orden final de deportación ya firmada. Quienes reciben este documento han sido liberados, pero están sujetos a deportación inmediata. Sus opciones legales son mucho más limitadas, y el incumplimiento de las condiciones impuestas podría llevarlos directamente a un centro de detención migratoria.
El limbo legal de los portadores del I-220A
Actualmente, más de medio millón de inmigrantes, en su mayoría cubanos, se encuentran en un estado de incertidumbre migratoria bajo el I-220A. En respuesta, la firma legal Prada Domínguez, con sede en Miami, presentó una demanda federal argumentando que estos inmigrantes fueron liberados con documentos incorrectos en la frontera y deberían haber recibido un parole formal.
Aunque en diciembre de 2024 se obtuvo una victoria parcial para un grupo de cubanos, ahora se busca una solución más amplia que se encuentra en proceso en la Corte del Circuito 11. Se estima que el caso podría tardar entre un año y un año y medio en resolverse.
Un nuevo precedente legal: el caso «Matter of Q. Li»
Recientemente, la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) emitió una decisión en el caso Matter of Q. Li, en el que se cuestiona la legalidad de ciertas formas de liberación utilizadas en la frontera. Esta decisión ha abierto una puerta para que los inmigrantes con I-220A argumenten que debieron haber recibido parole, lo cual podría facilitar su elegibilidad para ajustar estatus, especialmente si tienen vínculos familiares con ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.
Un contexto migratorio en transformación
A este escenario se suman decisiones judiciales de alto nivel. El 30 de mayo de 2025, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió una orden que permite al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) terminar los paroles otorgados bajo los programas humanitarios para Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV), y revocar las autorizaciones de empleo asociadas.
Este nuevo contexto hace aún más urgente entender bajo qué proceso migratorio se encuentra cada persona. Muchos inmigrantes continúan confundiendo el I-220A con un estatus regular o con beneficios que no aplican.
Reflexión final: la importancia del debido proceso
La congresista María Elvira Salazar expresó ayer por sus medios de comunicación, como lo ha hecho recientemente en varias oportunidades preocupación por las acciones migratorias actuales, incluyendo arrestos en cortes de inmigración de personas con I-220A y asilo político pendiente, así como la terminación del programa CHNV. En sus palabras:
«Estoy muy consciente y me duele en el corazón la incertidumbre que hay en el Distrito 27 a raíz de las recientes acciones migratorias de la administración: arrestos en cortes de inmigración, incluyendo personas con I-220A con asilo político pendiente, la terminación del programa CHNV, que ha dejado a cientos de miles expuestos a la deportación y otras medidas similares, ponen en riesgo el respeto al debido proceso que todo sistema democrático debe garantizar… Yo sigo firme en mi posición: las personas con asilo político, ajustes de estatus, etc., merecen que su proceso legal sea respetado.»
Esta declaración resalta la necesidad urgente de que las políticas migratorias respeten los principios fundamentales del debido proceso, especialmente para aquellos que buscan protección y una vida mejor en Estados Unidos.
Conclusión: ¿Qué debes hacer?
Comprender la diferencia entre un I-220A y un I-220B no es solo un detalle técnico: es una herramienta clave para tomar decisiones informadas, evitar riesgos innecesarios y acceder a la justicia migratoria.
La recomendación más importante es clara: consulta con un abogado de inmigración lo antes posible. Solo un profesional podrá analizar tu caso particular, evaluar tus posibilidades y ayudarte a tomar un rumbo seguro dentro del sistema legal de Estados Unidos.
Educarte como inmigrante es tu mejor herramienta para avanzar con seguridad en este país, para mis seguidores y quienes leen mis artículos los domingo, saben que creo en que prevalecerá el debido proceso y para mi: La esperanza sigue viva: la justicia aún no ha dicho su última palabra.
«GRACIAS POR PERMITIRNOS EDUCARLOS. ¡EL CONOCIMIENTO ES SU MEJOR DEFENSA!»
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Reportaje realizado por YANET MUÑOZ Periodista y Abogada Venezolana, Paralegal, Magister en Leyes, Coordinadora legal del Área Migratoria oficina del Abogado Gustavo García-Montes, Directora de la Revista Educando al Inmigrante en los EEUU.
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