Un refugiado puede adquirir la nacionalidad española, por nies.es
Nota de Prensa – Comunicae Media
En 2019, en España, hubo un dato histórico en cuanto al número de solicitud de protección internacional. Con un total de 118.264 peticiones formalizadas, es de largo el año más solicitudes, sin embargo, el año 2020 no se queda atrás, y el Gobierno está procediendo a resolver un número más elevado, con la mínima dilación posible
En 2019, en España, hubo un dato histórico en cuanto al número de solicitud de protección internacional. Con un total de 118.264 peticiones formalizadas, es de largo el año más solicitudes, sin embargo, el año 2020 no se queda atrás, y el Gobierno está procediendo a resolver un número más elevado, con la mínima dilación posible.
Todo esto, comenzando por la solicitud de asilo en España, entre otras, se gestionan desde la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), la cual es el órgano competente para la tramitación de las solicitudes de protección internacional, bajo la dependencia del Ministerio del Interior.
Ahora bien, una vez resulta la condición de refugiado, el interesado se plantea un futuro en España, así como una adquisición de derechos, inherentes a las obligaciones pertinentes;
Por un lado, el futuro inmediato es la mayor preocupación, el cual abarca lograr un hogar y un puesto de trabajo, siendo expedido para ello un Número de Identificación de Extranjero (NIE), así como un permiso de residencia y trabajo.
Por otro lado, se encuentra un futuro a largo plazo, que es el que ocupa, el cual trata de alcanzar una serie de objetivos y adquisición de derechos para ser reconocido como un ciudadano español a todos los efectos.
Y para lograr los objetivos descritos, ¿cómo ayuda España a los refugiados?
La respuesta no es simple, pero tampoco muy laboriosa. El Estado español ofrece la posibilidad de obtener la nacionalidad española mediante un tiempo mínimo de residencia, que de forma general se trata de acreditar diez años, sin embargo, en casos extraordinarios como el caso de los refugiados, puede acortarse a tan solo cinco años de residencia en territorio español.
Con los dos requisitos más importantes, que son la condición reconocida de refugiado y la residencia en el país durante cinco años, se permite iniciar el proceso para solicitar la nacionalidad española por residencia.
El proceso para lograr la nacionalidad española ha sufrido retrasos en la actualidad, pero con los requisitos cumplidos, y un buen asesoramiento, se asegura una resolución favorable.
¿Y una vez lograda la nacionalidad?
Las personas que son reconocidas como refugiados, adquieren un Número de Identificación de Extranjero, sin embargo, cuando se adquiere la nacionalidad española se pierde la condición de extranjero, por lo que pasa a ser ciudadano español a todos los efectos, para ello se expide un nuevo número de identificación, y para ello se expide el Documento Nacional de Identidad, con el que podrá identificarse como ciudadano español.
Y en este caso, ¿Se tendrían dos números de identificación?
No, en primer lugar, el Número de Identificación de Extranjero pierde su efecto, por lo que ya no se precisa la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE), siendo el nuevo Documento Nacional de Identidad su único documento de identificación.
Pero para notificar a cualquier entidad pública o privada que la nueva identidad relacionada al Documento Nacional de Identidad es la misma que estaba relacionada al anterior Número de Identificación de Extranjero, es preciso solicitar un Certificado de Concordancia, el cual acredita que ambas personas son la misma.
Por lo que, mediante el mencionado certificado, el refugiado nacionalizado como español, acredita la concordancia con la nueva identidad española, formalizando cualquier servicio o contrato iniciado con un Número de Identificación de Extranjero con su nueva identidad española adquirida.
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