¿Qué documentos debe portar un extranjero en EEUU?
Al ingresar a EEUU a un visitante se le otorga un I-94. FOTO: JOE RAEDLE/GETTY IMAGES
Fuente: https://eldiariony.com
Para transitar en los Estados Unidos, todos los extranjeros deben cargar consigo documentos que avalen su presencia legal en el país, a fin de evitar problemas con autoridades migratorias.
Incluso aquellos inmigrantes con Residencia Legal Permanente o “green card” deben portar siempre sus documentos de identificación, sobre todo cuando viajan fuera de su ciudad.
La firma de abogados Tarter Krinsky & Drogin LLP publicó un artículo en lexology.com, donde explica el tipo de documentos que todo extranjero debe tener, dependiendo de su condición en el país.
“La Sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que casi todos los ciudadanos extranjeros en los Estados Unidos deben estar ‘registrados’ en la agencia gubernamental correspondiente”, apuntó el artículo.
El registro ocurre cuando una persona es admitida en los Estados Unidos en la frontera.
“Después de que se realiza la inscripción, el gobierno de EEUU debe proporcionar un ‘certificado de registro’ al ciudadano extranjero, según la sección 264 (d) de la INA”, cita. “Todo extranjero, de dieciocho años en adelante, deberá portar consigo y tener en su posesión personal cualquier certificado de registro de extranjero o tarjeta de recibo de registro de extranjero emitida a él”.
Agrega que los residentes deben portar su “green card” y los extranjeros su pasaporte vigente y la visa que corresponde a su estancia si no es como turista (estudiante o empleado temporal), además de alguno de los siguientes documentos:
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I-94 o Registro de llegadas y salidas.- Los extranjeros admitidos como no inmigrantes (turistas, por ejemplo); extranjeros en libertad condicional en los Estados Unidos bajo la sección 212 (d) (5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
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I-95 o Crewmen Landing Permit – alguien que llega por barco o avión. Es para miembros de una tripulación. También para ellos existe el I-184 con una tarjeta de identifación.
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I-185 – Tarjeta canadiense de cruce de fronteras canadiense no residente, es decir ciudadanos de Canadá o británicos que residen en Canadá.
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I-186 – Tarjeta de cruce fronterizo mexicano no residente, para ciudadanos que residen en México.
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I-221 – Orden de mostrar causa y aviso de audiencia, esto es para aquellos inmigranres contra quien se están iniciando procedimientos de deportación. También puede ser el I-221S, dependiendo el caso.
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I-766 – Documento de Autorización de Empleo.
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I-862 o Aviso de comparecencia – Extranjeros contra quienes se están iniciando procedimientos de deportación.
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I-863 o Aviso de remisión al juez de inmigración – Extranjeros contra los cuales se están iniciando procedimientos de deportación.