TENER DERECHO A LA NACIONALIDAD VENEZOLANA NO ES LO MISMO QUE SER RECONOCIDO OFICIALMENTE COMO VENEZOLANO.
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TENER DERECHO A LA NACIONALIDAD VENEZOLANA NO ES LO MISMO QUE SER RECONOCIDO OFICIALMENTE COMO VENEZOLANO.
La confusión viene de una diferencia clave: tener derecho a la nacionalidad venezolana no es lo mismo que ser reconocido oficialmente como venezolano. 🧠 1. Por ley sí son venezolanos… pero «en teoría» La Constitución de Venezuela reconoce el principio de ius sanguinis (derecho de sangre): • Si eres hijo de venezolanos, tienes derecho a la nacionalidad venezolana, aunque nazcas en otro país. 👉 Pero ese derecho no es automático en la práctica. 2. El problema es administrativo (documentos) Para que el Estado venezolano te trate como venezolano, necesitas haber hecho uno de estos trámites: • Registrar tu nacimiento en un consulado venezolano, o • Declarar tu voluntad de ser venezolano / inscribirte en el registro civil Si no hiciste eso, para las autoridades: ➡️ eres simplemente extranjero (aunque tus padres sean venezolanos). ✈️ 3. Entonces, ¿por qué piden visa? Porque si viajas solo con tu pasaporte extranjero: • Migración te ve como ciudadano de otro país • Y se aplican las reglas normales de entrada para extranjeros, incluyendo visa si tu nacionalidad la requiere 👉 Ejemplo: • Niño nacido en EE. UU. de padres venezolanos • Si no está registrado como venezolano ➡️ entra como estadounidense → necesita visa si aplica 4. Excepción importante Hay una flexibilidad: • Pueden dejar entrar sin visa si se demuestra que es hijo de venezolanos y va a registrar su nacimiento en Venezuela, Pero eso es una excepción puntual, no la regla general. ⚖️ 5. Otra regla clave (que complica más) Venezuela además exige que: • Si eres venezolano (aunque tengan otra nacionalidad), ➡️ debes entrar y salir con pasaporte venezolano Esto hace que muchos prefieran: • O registrar al hijo y sacar pasaporte venezolano • O tratarlo como extranjero (y entonces sí aplica visa) ✅ En resumen No es que «les obliguen» arbitrariamente a pedir visa. Es porque: • ✔️ Derecho a la nacionalidad ≠ nacionalidad reconocida oficialmente • ✔️ Sin registro, el sistema los considera extranjeros • ✔️ Como extranjeros, aplican reglas de visa normales Requisitos La parte solicitante debe consignar o remitir lo siguiente: Carta de exposición de motivos en la que se exponga de manera detallada el caso, la situación en la que se encuentre el ciudadano(a) que será repatriado, indicando dirección actual y número de contacto del beneficiado. Debe anexarse adicionalmente los siguientes documentos: Copia del documento de identidad del solicitante (cédula o pasaporte). En los casos en que el adulto esté acompañado de un Niño, Niña o Adolescente (NNA) y este último no posea cédula de identidad venezolana, deberá consignar una copia del acta de nacimiento del NNA. Si no es progenitor o representante legal del NNA, deberá presentar una autorización de viaje. En los casos en los que el NNA esté acompañado por un solo progenitor, deberá tener la autorización de viaje del otro padre/ madre o representante legal. En los casos de NNA con uno o ambos progenitores fallecidos, deberá presentar el Acta de Defunción.
