Cuando la Corte cerró tu caso por tener TPS: qué significa y qué opciones legales podrías tener
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Cuando la Corte cerró tu caso por tener TPS: qué significa y qué opciones legales podrías tener
Por Yanet Muñoz –Educando al Inmigrante
En los últimos años, miles de venezolanos en Estados Unidos que tenían asilo defensivo pendiente ante la Corte de Inmigración (EOIR) y solicitaron el TPS (Estatus de Protección Temporal) recibieron una notificación de cierre de su caso. Para muchos, esta decisión generó confusión: ¿significa que perdieron su caso?, ¿están protegidos?, ¿deben hacer algo?
La realidad es que no se trata de una deportación ni de una aprobación definitiva, sino de una acción procesal que pone el caso en pausa. La Corte cerró el caso porque la persona contaba con un alivio migratorio (en este caso el TPS), pero no le otorgó estatus permanente, por ello vi necesario educarlo ante este tema por los innumerables casos que vemos a diario en la oficina con el abogado Gustavo García-Montes, aquí les explico de una forma didáctica para que entiendan y se eduquen si es su caso.
Por qué es importante analizar cómo se cerró tu caso
Cada cierre administrativo es distinto. Algunos se hicieron porque el TPS estaba aprobado, otros porque había una solicitud pendiente, otros porque existía una petición familiar o laboral.
Por eso, un abogado debe revisar detalladamente la decisión del juez, la base legal del cierre y tu historial migratorio. De ese análisis pueden surgir varias estrategias posibles.
Estrategias migratorias que un abogado podría evaluar en estos casos
- Moción para reabrir el caso en Corte:
Si tu caso fue cerrado por TPS y este ya no te protege, tu abogado puede presentar una “Motion to Recalendar” o “Motion to Reopen”, argumentando que la causa que justificó el cierre ya no existe. Esto te permitiría reanudar tu proceso y solicitar otro tipo de alivio migratorio ante el juez (por ejemplo, ajuste de estatus, asilo defensivo, cancelación de deportación, etc.). - Solicitudes ante USCIS de manera administrativa:
Dependiendo de tu historial, puedes presentar directamente un caso ante USCIS para reforzar o sustituir el asilo que tenias. - Cambio de estrategia migratoria a otra categoría de visa:
Hay personas que pueden transicionar de TPS a otro estatus no inmigrante o inmigrante si cumplen los requisitos. Entre las posibilidades comunes:- Visa de Estudiante (F-1): si deseas estudiar y mantienes elegibilidad para un cambio de estatus.
- Visa de Inversionista (E-2): si posees ciudadanía de un país con tratado y planeas invertir legalmente.
- Visa L-1: si formas parte de una empresa con sucursales internacionales y cumples con los criterios de traslado ejecutivo o gerencial.
- Visa EB-1: si tienes habilidades extraordinarias o un perfil profesional que aporte al interés nacional de EE. UU.
Si entraste por frontera de forma irregular pero luego saliste y reingresaste con un permiso de viaje autorizado por TPS, esa entrada legal puede abrirte la puerta a un ajuste de estatus dentro del país, si tienes una petición familiar o laboral que lo permita.
Esta es una herramienta legal muy importante que debe ser evaluada cuidadosamente.
Atención con los tiempos y categorías
No todas las visas o peticiones aprobadas otorgan estatus inmediato dentro de los Estados Unidos. Por ejemplo:
- Peticiones de padres ciudadanos a hijos mayores de 21 años (F1) están sujetas al Boletín de Visas, y el tiempo de espera puede ser de años.
- EB-2 NIW y certificaciones laborales también dependen de la disponibilidad de visas en la categoría correspondiente.
- No basta con tener una aprobación; es necesario tener visa disponible para poder ajustar estatus dentro del país.
Por eso, es fundamental no actuar por intuición ni por consejos informales. Estas decisiones deben tomarse con asesoría legal calificada, ya que un paso mal dado puede cerrarte oportunidades futuras.
En Conclusión: la estrategia, no improvisación
Si tu caso fue cerrado por TPS u por otro alivio migratorio, no te quedes sin estatus ni protección. Antes del 10 de noviembre de 2025 los Tepesianos del 2021, pues están en el lapso de los 60 días, debido a que su Tps venció el 10 de septiembre, y los del Tps 2023, ya están acumulando presencia ilegal sino realizaron otro alivio migratorio, lo importante es no llegar al máximo de los 180 días para actuar, para no activar el castigo de 3 años por presencia ilegal, sino han hecho otro alivio migratorio deben salir máximo el 4 de diciembre, por ello es importante evalúar con tu abogado:
- Si puedes reabrir tu caso en Corte,
- Si puedes presentar una nueva solicitud ante USCIS,
- O si puedes cambiar de estrategia y pasar a otra categoría migratoria.
Cada historia es distinta, y la estrategia correcta depende de tu historial migratorio, tu entrada al país, tus salidas, tus fechas y tus peticiones vigentes.
Guíate de profesionales acreditados y no pongas en riesgo tu posibilidad de ajustar estatus dentro de Estados Unidos en el futuro. Es importante recordar lo que siempre hemos reforzado en Educando al Inmigrante: buscar asesoría legal a tiempo puede marcar la diferencia en tu futuro migratorio
“La información correcta es poder. La estrategia legal es protección.”
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Cualquier ayuda no duden en escribirnos por nuestras redes.
Reportaje realizado por la Magister en Leyes en Usa YANET MUÑOZ Periodista y Abogada Venezolana, Paralegal, Coordinadora legal del Área Migratoria oficina del Abogado Gustavo Garcia-Montes.
