Fuente: https://www.elpais.cr
La petición de los manifestantes es solicitar al presidente de la República, Carlos Avarado, no firmar una norma técnica que permitiría regular el artículo 121 del Código Penal.
Dicho artículo establece que: «no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios».
“Cualquier atentado contra la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural, es un problema humano, y no solamente religioso”, dijo la Conferencia Episcopal de Costa Rica en una nota difundida con motivo de la “Marcha por la Vida.
“Como Pastores – se lee en la nota – apoyamos todas las iniciativas ciudadanas a favor de la defensa de la vida en todas sus etapas y situaciones. Por eso consideramos valiosa la participación de todos quienes defienden este derecho humano fundamental, en la “Marcha por la Vida” Ningún ser humano es incompatible con la vida”, declararon los obispos en la nota.
Los obispos agradecen a las diversas organizaciones que “con gran dedicación y celo por promover la Cultura de la Vida, han organizado este evento. El Señor de la Vida les bendiga por ser sus testigos”.
El Gobierno anunció a inicios del año que la norma técnica está en elaboración y que será firmada por el presidente Alvarado en 2019, sin dar una fecha precisa, información que se ha repetido durante varios meses.
El presidente Alvarado ha dicho que espera que en el país se produzca una discusión basada en criterios técnicos sobre lo que significa el aborto terapéutico.
Organizaciones defensoras de derechos humanos y la Defensoría de los Habitantes han denunciado que la aplicación del aborto terapéutico no está garantizada debido a la ausencia de una norma técnica que esclarezca los casos en que se puede practicar.
El Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) ha dicho que «no se ha planteado crear nueva legislación en la materia, sino procurar el cumplimiento de la legislación existente» y que sin la norma técnica «el Estado está infringiendo los compromisos internacionales que ha asumido para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres».
«Es competencia del Ministerio de Salud la emisión de la norma técnica y su aprobación depende de la Presidencia de la República. El Inamu ha ofrecido y seguirá ofreciendo los criterios técnicos para garantizar el derecho humano a la salud y la vida de las mujeres», agregó la institución.
Los opositores a la norma técnica aseguran temer que con ese instrumento se abran «portillos» para que se practique otro tipo de aborto.
De acuerdo con organizaciones de derechos humanos, una norma técnica, no es una ley y se debe ajustar a lo que ya está establecido por ley, en este caso por el Código Penal, y le brinda al personal de salud las indicaciones acerca de cómo deben y pueden actuar dentro de la ley.
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