Paquete de procedimientos de infracción correspondiente al mes de noviembre: principales decisiones para España
Bruselas, 27 de noviembre de 2019.- En su paquete mensual de decisiones sobre procedimientos de infracción, la Comisión Europea emprende acciones jurídicas contra diversos Estados miembros por no haber cumplido adecuadamente las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Estas decisiones, que abarcan distintos sectores y ámbitos de actuación de la UE, pretenden garantizar la correcta aplicación del derecho de la UE en beneficio de los ciudadanos y de las empresas. A continuación, se presentan las principales decisiones adoptadas por la Comisión en relación con España.
- Energía
Dictámenes motivados
Residuos radiactivos: la Comisión insta a BÉLGICA y ESPAÑA a adoptar programas nacionales de gestión de residuos radiactivos que cumplan las normas de la UE
La Comisión ha decidido hoy enviar dictámenes motivados a Bélgica y España por no haber adoptado un programa nacional de gestión de residuos radiactivos que cumpla determinados requisitos de la Directiva sobre combustible nuclear gastado y residuos radiactivos (Directiva 2011/70/Euratom del Consejo). Esta Directiva establece un marco comunitario para asegurar la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos, con el fin de evitar imponer a las generaciones futuras cargas indebidas. La Directiva exige a los Estados miembros que establezcan medidas nacionales adecuadas para lograr un alto nivel de seguridad en la gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos. El objetivo es proteger a los trabajadores y a la población de los peligros derivados de las radiaciones ionizantes. Los residuos radiactivos se generan por la producción de electricidad en centrales nucleares o por los usos no energéticos de materiales radiactivos para fines médicos, de investigación, industriales o agrarios. Esto significa que todos los países de la UE generan residuos radiactivos. Los Estados miembros tenían que notificar sus programas nacionales el 23 de agosto de 2015, a más tardar. Si Bélgica y España no actúan en los próximos dos meses, la Comisión podría optar por llevar a ambos Estados miembros ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Cartas de emplazamiento y dictámenes motivados
Normas básicas de seguridad: la Comisión insta a nueve Estados miembros a transponer la legislación de la UE
La Comisión ha decidido enviar cartas de emplazamiento a Austria, Bélgica, España, Estonia y Hungría, y dictámenes motivados a Chipre, Grecia, Malta y Portugal para pedir la transposición completa a su legislación nacional de la última versión de la Directiva sobre normas de seguridad básicas (Directiva 2013/59/Euratom del Consejo). Los Estados miembros debían transponer esa Directiva el 6 de febrero de 2018, a más tardar, pero los Estados miembros mencionados no lo han hecho plenamente. La Directiva sobre normas de seguridad básicas moderniza y consolida la legislación de la UE sobre protección radiológica. Establece normas básicas de seguridad para proteger a los trabajadores, a la población y a los pacientes contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes. También incluye disposiciones sobre la preparación y la respuesta ante emergencias que se reforzaron tras el accidente nuclear de Fukushima. Los Estados miembros en cuestión disponen ahora de dos meses para responder a los argumentos planteados por la Comisión. De lo contrario, esta podría optar por enviar un dictamen motivado a los cinco Estados miembros que recibieron una carta de emplazamiento o por llevar ante el Tribunal de Justicia de la UE a los cuatro que recibieron un dictamen motivado.
- Medio ambiente
Dictámenes motivados
Agua: la Comisión exhorta a ESLOVAQUIA y ESPAÑA a cumplir la legislación de la UE sobre aguas residuales urbanas
La Comisión ha decidido enviar sendos dictámenes motivados a Eslovaquia y España por no cumplir con los requisitos de la UE establecidos en la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE del Consejo). Las aguas residuales no tratadas pueden poner en peligro la salud humana y contaminar los lagos, los ríos, el suelo y las aguas costeras y subterráneas. En España, el asunto se refiere al incumplimiento por 145 aglomeraciones de las principales obligaciones establecidas en la Directiva en materia de recogida, tratamiento y control. Estas aglomeraciones deberían haber cumplido sus obligaciones el 31 de diciembre de 1998, el 31 de diciembre de 2000 o el 31 de diciembre de 2005. El 4 de octubre de 2017 se envió una carta de emplazamiento. Sin embargo, a pesar de algunos avances menores, no se espera que España cumpla plenamente sus obligaciones en un futuro próximo. Por lo que a Eslovaquia se refiere, este Estado miembro no ha proporcionado un sistema colector en el caso de 233 aglomeraciones ni tampoco ha garantizado que las aguas residuales urbanas que entran en los sistemas colectores sean objeto de un tratamiento adecuado. A fecha de 31 de diciembre de 2015, todas las aglomeraciones eslovacas deberían haber cumplido esas obligaciones. El asunto examina el cumplimiento de los plazos intermedios de 31 de diciembre de 2008 y 31 de diciembre de 2012. La Comisión envió una carta de emplazamiento al país en febrero de 2017. Las autoridades eslovacas reconocen que el problema existe. Sin embargo, a pesar de sus esfuerzos y de la ayuda financiera de la UE con cargo a la política de cohesión, no se espera que cumplan sus obligaciones en un futuro próximo. Por consiguiente, la Comisión envía dictámenes motivados a España y a Eslovaquia y les solicita que aceleren el cumplimiento. Ambos países tienen ahora dos meses para responder; de no hacerlo, la Comisión podría remitir los asuntos al Tribunal de Justicia de la UE.
- Servicios jurídicos
Remisión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
La Comisión Europea lleva a ESPAÑA ante el Tribunal de Justicia por sus normas sobre la compensación de daños y perjuicios
La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE en relación con las normas españolas sobre compensación por los daños y perjuicios causados por el Estado al adoptar legislación contraria al Derecho de la Unión. A raíz de las denuncias recibidas sobre determinadas disposiciones españolas que regulan la compensación por daños y perjuicios causados por actos legislativos contrarios al Derecho de la Unión, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción el 14 de junio de 2017, al considerar que estas disposiciones infringen los principios de efectividad y/o equivalencia. Estos principios limitan la autonomía procesal y sustantiva de los Estados miembros al establecer las condiciones de responsabilidad en caso de infracción del Derecho de la Unión. En primer lugar, la legislación española supedita la compensación a una serie de condiciones acumulativas: debe haber una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la que se declare que un acto legislativo español vulnera el Derecho de la Unión; la parte perjudicada debe haber obtenido, en cualquier caso, una sentencia firme por la que se desestime un recurso contra la decisión administrativa que causó el daño; y la parte perjudicada debe haber alegado la infracción del Derecho de la Unión durante dicho procedimiento de recurso. Según la jurisprudencia consolidada, estas condiciones hacen excesivamente difícil la concesión de indemnizaciones por parte del Estado por infracciones del Derecho de la Unión y, por tanto, violan el principio de efectividad. En segundo lugar, las normas españolas establecen condiciones menos favorables en lo referente a la responsabilidad del Estado derivada de una infracción del Derecho de la Unión que en el caso de la responsabilidad fruto de infracciones de la Constitución Española. Se trata de una violación del principio de equivalencia. Para más información, véase el comunicado de prensa completo.
- Fiscalidad y unión aduanera
Dictámenes motivados
Fiscalidad: la Comisión pide a ESPAÑA que elimine las condiciones indebidamente restrictivas de los diferimientos fiscales en los casos de escisiones de empresas
La Comisión ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España en el que le solicita que elimine las condiciones de la legislación española contrarias a las normas de la UE sobre fusiones, que tienen por objeto garantizar que la reorganización de empresas, como las fusiones y las escisiones, no se vea obstaculizada por cuestiones tributarias en el momento de la reestructuración (Directiva 90/434/CEE del Consejo). La tributación de las plusvalías resultantes de dicha reorganización deberá diferirse a una venta o enajenación posterior de los activos y las acciones. No obstante, la legislación española establece condiciones indebidamente restrictivas para determinados tipos de escisiones de empresas. El diferimiento del pago del impuesto no se concederá si los accionistas de la sociedad escindida no reciben la misma proporción de acciones en todas las sociedades resultantes de la escisión, a menos que los activos adquiridos sean ramas de actividad. Si España no actúa en los próximos dos meses, la Comisión podría remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la UE.
Dictamen motivado y un asunto archivado
Fiscalidad: la Comisión pide a ALEMANIA, CHEQUIA, CHIPRE, ESPAÑA, GRECIA, ITALIA y LUXEMBURGO que comuniquen las medidas nacionales de transposición de los mecanismos de resolución de litigios fiscales y archiva el asunto de LITUANIA
La Comisión ha decidido hoy enviar dictámenes motivados a Alemania, Chequia, Chipre, España, Grecia, Italia y Luxemburgo por no haber comunicado las medidas nacionales de transposición de los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea [Directiva (UE) 2017/1852 del Consejo] antes de la fecha límite del 30 de junio de 2019. Si los citados Estados miembros no actúan en los próximos dos meses, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la UE. Al mismo tiempo, la Comisión ha decidido hoy archivar el procedimiento de infracción contra Lituania, que ya ha cumplido sus obligaciones a este respecto.