Con 104 votos favorables el pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador aprueba juicio a Lasso
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)
El Pleno de la Asamblea Nacional, con 104 votos favorables, aprobó el informe elaborado por la Comisión de la Verdad, Justicia y Lucha contra la Corrupción que investigó el caso ‘El Gran Padrino’, el cual recomienda enjuiciar políticamente al presidente de la República, Guillermo Lasso, en el grado de comisión por omisión, de acuerdo con los artículos 23, 28, 42 y 422 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) al haber adecuado su conducta a lo previsto en el artículo 129, numeral 2 de la Constitución de la República.
En el documento se concluye que el Presidente de la República intentó obstruir el proceso de investigación y fiscalización política, que le compete constitucionalmente a las funciones Legislativa y Judicial, al tratar de ocultar el informe elaborado por el exsecretario Anticorrupción, Luis Verdesoto, en el que se advertía de posibles actos de corrupción. Determina que el Ejecutivo interfirió en el proceso investigativo de la Fiscalía General del Estado, al permitir que el Ministerio del Interior traslade a 37 agentes policiales-investigadores que colaboran con Fiscalía.
También establece que el Presidente de la República transgredió el principio de reserva de ley y la Ley Orgánica de Empresas Públicas cuando, mediante Decreto Ejecutivo No. 163, normó la conformación de los directorios de las empresas públicas, lo que demuestra una violación a la Constitución, pues asumió una competencia que es exclusiva de la Asamblea Nacional.
En el debate intervinieron 41 parlamentarios de todas las bancadas legislativas. Destacaron que en el documento se evidenciaría una presunta estructura de corrupción en las empresas públicas y posibles vínculos de grupos criminales con allegados al gobierno, de los que el Jefe de Estado habría tenido conocimiento, por lo que estaba obligado a denunciarlos. Subrayaron que la omisión e inacción del mandatario es equivalente a propiciar los hechos delictivos, acto que el COIP denomina omisión impropia.
El documento será remitido a la Fiscalía General y a la Contraloría General del Estado para que, en el ámbito de sus competencias, inicien las investigaciones penales y administrativas respectivas y adopten las medidas pertinentes.