En comicios de 2023 se mantendrá en 350 electores por cada Junta Receptora del Voto
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)
Para mejorar la operatividad y actividades de los procesos electorales, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), resolvió aprobar el Informe de Directrices para las Elecciones Seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) 2023. Este documento recopila herramientas y metodologías con base en las experiencias de pasados comicios, considerando la economía del país y también la emergencia sanitaria.
Respecto a la infraestructura de recintos electorales y número de electores Juntas Receptoras del Voto (JRV), el levantamiento del catastro de los recintos electorales se realizará en coordinación con el Ministerio de Educación e instituciones públicas y privadas, para determinar la necesidad de incrementar o cambiar recintos electorales. Asimismo, se resolvió mantener el número de 350 electores por JRV a escala nacional, y determinar el número de 800 electores por JRV en el exterior, en razón del porcentaje de participación en procesos electorales anteriores.
Respecto a la integración de Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) se priorizará la participación de estudiantes universitarios, a excepción, de los estudiantes de educación superior debidamente matriculados en las carreras afines a las ciencias médicas que se encuentren cursando los dos últimos semestres.
Se mantendrá la conformación de las JRV a escala nacional con tres vocales principales con sus respectivos suplentes y un secretario. El informe señala, además, que se mantendrá la modalidad de pagos a los MJRV en el sitio y a través del sistema financiero nacional.
Respecto al material electoral, el informe señala que se mantendrán tres niveles de seguridad en las papeletas y se implementarán protocolos de entrega y recepción de base de datos de candidaturas y logotipos de organizaciones políticas.
Asimismo, el Pleno resolvió mantener dos urnas por cada junta receptora del voto, con el siguiente detalle: la primera para las dignidades de prefecto y alcalde y una segunda para concejales, vocales de las juntas parroquiales rurales, y CPCCS.