COE nacional conmina a los municipios a ejercer control estricto para reducir la pandemia
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)
Al emitirse el Dictamen Constitucional Nro. 7-20-EE/20, se dejan sin efecto las medidas de toque de queda y las restricciones de circulación vehicular, a excepción de los GAD que tienen la competencia para el efecto.
En estricta observancia al artículo Nro. 226 de la Constitución de la República, para efectos del desarrollo e implementación de medidas de prevención y control para contener el contagio masivo de la COVID-19 en el Ecuador, los organismos e instituciones del Estado Central y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en ejercicio de sus atribuciones, deberán desarrollar e implementar normativas y políticas públicas que se adecúen al régimen ordinario para enfrentar la crisis sanitaria, de forma coordinada.
1. A las autoridades estatales rectoras en materia de: Salud, Educación, Tránsito, Transporte, Seguridad, Turismo Y Trabajo, de acuerdo a su competencia, deberán:
• Continuar con la aplicación de las medidas de prevención (uso de mascarilla, aforo, distanciamiento social, bioseguridad), en todos los ámbitos
relacionados las instituciones antes mencionadas.
• Asegurar el acceso a la atención intrahospitalaria y extrahospitalaria de pacientes con sospecha o confirmación de la COVID-19.
• Disponer la limitación del expendio de bebidas alcohólicas y de moderación, bajo el ordenamiento jurídico vigente, coordinando con los GAD la aplicación de medidas referentes al consumo de estas bebidas en espacios públicos, si la situación de la crisis sanitaria amerita.
• Emitir la reglamentación pertinente para garantizar la salud y educación de los niños, niñas, adolescentes y educación superior, estableciendo diversas
modalidades de educación para garantizar su acceso.
• Emitir, modificar y regular la libre movilidad sobre el transporte interprovincial, intraprovincial e intracantonal, según el régimen ordinario.
2. A todos los organismos e instituciones del Estado, garantizar el derecho al acceso a los bienes y servicios públicos, considerar disposiciones que no sobrepasen el aforo de lugares cerrados; se deberá establecer mecanismos telemáticos para la atención a la ciudadanía. En tal sentido, se debe emprender una política pública que vaya dirigida a la atención ciudadana por medio de portales digitales, proporcionar y difundir por los canales más adecuados la información necesaria para que la ciudadanía conozca sobre la pandemia, sus efectos, las medidas extraordinarias y cualquier dato de interés público relacionado.
3. A la Asociación de Municipalidades del Ecuador, se recomienda instar a 221 COE cantonales y metropolitano, para que, a través de las respectivas ordenanzas, regulen, autoricen, controlen y demás efectos que correspondan:
• Mantener una estricta revisión de la evolución de los datos epidemiológicos en cada cantón.
• Revisar e implementar medidas de control en los puntos de mayor actividad comercial y que constituyan zonas de riesgo, con el fin de generar la planificación local estratégica que impida la aglomeración.
• Realizar las sesiones de trabajo necesarias con diversos actores sociales del cantón para establecer y socializar las estrategias de contención de riesgo en los locales donde se expenda y consuman bebidas alcohólicas, incluso con la imposición de resoluciones y ordenanzas mucho más coercitivas, en el ámbito de sus competencias constitucionales y legales.
• Mantener restringidos los lugares que conlleven a aglomeraciones e incumplimiento de las medidas de bioseguridad, cuya competencia atañe al Ministerio de Gobierno y Ministerio de Turismo. Acuerdo Ministerial 069 y 0010 (bares, discotecas, centros de tolerancia).
• Las medidas de bioseguridad y distanciamiento social en espacios públicos, espectáculos públicos y uso de playas (en uso de sus atribuciones pueden imponer sanciones a quienes incumplan dichas medidas).
• En los casos de las regulaciones de apertura de bares, discotecas, centros de diversión y toda actividad que no garantice el distanciamiento social, en coordinación con el Ministerio de Gobierno y Ministerio de Turismo, entre otros.