COE nacional modifica los parámetros de semaforización y reorganiza la progresiva semipresencialidad de la ciudadanía…entérate
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)
El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N), en plenaria de 29 de junio de 2020, a través de las distintas instituciones, tales como Ministerio de Salud, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Ministerio de Gobierno, ECU-911, Registro Civil, entre otras, ha recolectado una serie de indicadores y datos que permiten evidenciar la situación actual de la Pandemia de COVID-19.
Por ello decidió modificar los parámetros de semaforización, con el fin de reorganizar la progresiva semipresencialidad de la ciudadanía y la re incorporación a las actividades cotidianas por diferentes circunstancias, es así que en el marco del distanciamiento se empiezan a generar las condiciones hacia la nueva normalidad, proceso en el cual la ciudadanía debe estar consciente y en la capacidad de asumir que actividades habituales ahora son totalmente diferentes a las que conocían antes de la pandemia.
Han transcurrido 16 semanas, 107 días desde la etapa de aislamiento y distanciamiento social. A la fecha 179 cantones del país han modificado su color de semaforización de rojo a amarillo, 5 cantones han modificado su color de amarillo a verde y 37 cantones se mantienen en rojo, es decir el 91% de la población se encuentra en esta etapa.
El Ministerio de Salud ha informado en la plenaria del COE nacional que ha fortalecido las capacidades de atención hospitalaria en toda la red de salud pública, ha mejorado la calidad y el número del procesamiento de las pruebas de COVID-19, a través de la generación de alianzas con la academia, sector privado y de manera complementaria con los GAD’s municipales.
Desde el cambio de rojo a amarillo se ha evidenciado, a nivel nacional el crecimiento del comercio informal afectando de manera directa el comercio formal, lo que genera el aumento en los índices de desempleo, desorden y aglomeraciones.
Un informe presentado por el Servicio Integrado de Seguridad – ECU 911, revela que, entre el periodo de un mes han existido 44.480 emergencias de tránsito, 64.248 casos de libadores, 74.652 emergencias consecuencia de escándalos, 36.316 emergencias generadas en fiestas clandestinas y en viviendas, incidentes que alteran el orden público, lo que evidentemente obliga a generar políticas que regulen el comportamiento ciudadano en el contexto actual.
RESTRICCIONES PARA EL PERÍODO DE 01 A 31 DE JULIO 2020
Entre el 01 de julio al 31 de julio se debe avanzar en desescalar el confinamiento y lograr la reactivación del país, cabe recalcar que es un proceso que se mantiene en permanente evaluación, no únicamente por las propias dinámicas de los territorios, sino también por el comportamiento de la población y las características propias del nuevo coronavirus (SARS-CoV2); se mantiene la idea de un semáforo de colores “rojo, amarillo y verde” según los cuáles se pueden adoptar determinadas acciones, siempre en el marco y las competencias señaladas en los Decretos Ejecutivos: 1017, 1052 y 1074, por los que se declaró el Estado de Excepción.
A continuación, se explican las normas obligatorias que permanecen a nivel nacional, sin importar el color de semáforo.
Normas obligatorias a nivel nacional:
- • La ciudadanía deberá ser consciente que es de responsabilidad
individual adoptar medidas de prevención para el control de la
pandemia.
• Se deberán implementar y cumplir medidas biosanitarias en todos los
espacios laborales, familiares, comunitarios.
• Cumplir con el distanciamiento, uso del tapabocas/mascarillas,
medidas de higiene.
• Se mantienen cerradas las fronteras terrestres.
• Continúan suspendidas las clases presenciales de los diferentes
niveles educativos.
• Se recomienda extremar precauciones para personas mayores de 60
años y grupos vulnerables al contagio.
• Se mantiene prohibido el funcionamiento de bares, discotecas,
karaokes, centros de tolerancia (nigth club), billares, centros de
diversión infantil, y toda actividad que no garantice el distanciamiento
social.
• Se mantienen restringidas las actividades físicas en los lugares
cerrados, a excepción de pilotos aprobados para los cantones que se
encuentran en verde. En lugares abiertos se mantienen autorizadas
actividades individuales, conforme a los lineamientos emitidos por el
COE Nacional.
• Se mantienen prohibidos los espectáculos públicos en espacios
abiertos y cerrados, así como las aglomeraciones.
• Las empresas e instituciones públicas y privadas, están obligadas a
expedir e implementar un protocolo de bioseguridad considerando
los lineamientos establecidos en la “GUIA Y PLAN GENERAL PARA EL
RETORNO PROGRESIVO A LAS ACTIVIDADES LABORALES”, no se
requerirá su aprobación por parte del COE (nacional, provincial,
cantonal).
• Apertura de las playas a partir del 22 de julio de 2020, con la
implementación del sistema de videovigilancia “Distancia2” del ECU –
911. El listado será publicado de manera oportuna.
• Los GAD’s cantonales conforme a sus competencias, están en la
obligación de vigilar el cumplimiento de las ordenanzas para el control
del orden en el espacio público.
• Se mantiene la emisión de salvoconductos de acuerdo al “Protocolo
Para La Emisión Y Control De Salvoconductos” (Versión 4).
• Movilización autorizada para los abogados, con su credencial como
habilitante.
• Las operadoras de transporte terrestre turístico, marítimo-fluvial
turístico únicamente podrán prestar el servicio al contar con el
contrato de agencia de viajes o del usuario que contrate directamente
en amarillo y verde.
• Las modalidades de transporte tipo ejecutivo, puerta a puerta u otras
se encuentran prohibidas de ofertar servicios de transporte
interprovincial, al no contar con el título habilitante.
• Transporte particular habilitado entre cantones de provincias con el
mismo color del semáforo (amarillo – verde).
RESTRICCIONES SEGÚN COLOR DE SEMÁFORO QUE RIGEN DESDE JULIO
1. Rojo
- • Horario de toque de queda de 18h00 a 05h00.
• Vehículos particulares circulan 2 días a la semana de lunes a viernes,
se incluye a motos, no circulan los sábados y domingos.
• Taxis, transporte mixto y carga liviana par e impar de lunes a sábado;
domingo circulan todos sin restricción de placa.
• Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa,
cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
• Transporte urbano podrá circular conforme las restricciones
establecidas por el GAD Municipal, cumpliendo el aforo y normas de
bioseguridad.
• Atención Médica, se autorizan las consultas médicas externas de
todas las especialidades, además, de las cirugías programadas y los
programas de protección sanitaria y social a grupos vulnerables.
• Transporte Interprovincial no puede circular.
• Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores
públicos y privados al 30%.
• La actividad comercial se reanuda con el 30% del aforo permitido en
cada establecimiento.
• Las reuniones sociales, públicas o privadas, se mantienen prohibidas.
• Movilización autorizada para los abogados, con su credencial como
habilitante.
2. Amarillo
- • Horario de toque de queda de 23h00 a 05h00.
* Excepto para Quito, se mantiene el horario de toque de queda de 21h00 a
05h00.
• Vehículos particulares circulan conforme al último dígito de la placa:
impares lunes, miércoles y viernes; pares martes, jueves y sábado.
Los domingos 5 y 19 de julio circulan vehículos con placa impar; los
domingos 12 y 26 circulan los vehículos con placa par.
• Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana
podrán circular todos los días sin restricción de placa.
• Transporte institucional circula sin restricción de placa cumpliendo
con los protocolos establecidos para este sector.
• Transporte urbano al 50% de su aforo.
• Transporte intraprovincial autorizado con el 50% del aforo, entre
cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.
• Transporte interprovincial al 50% del aforo, únicamente entre
cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.
• Transporte marítimo y fluvial de personas autorizado al 50% del
aforo.
• Turismo marítimo con pernoctación autorizado y en cumplimiento a
protocolos de bioseguridad.
• Transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos
para esta actividad.
• Centros comerciales y restaurantes, se permite la atención al público
con el 50% del aforo permitido.
* Excepto para Quito, en esta ciudad se deberá mantener el 30% de aforo en estos
establecimientos.
• Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores
públicos y privados al 50%.
* Excepto para Quito, se reanudan las actividades laborales presenciales al 25%,
en el sector público.
• Se autorizan velorios con hasta 25 personas, en estricto cumplimiento
al distanciamiento social y medidas biosanitarias.
• Se autoriza el desarrollo de reuniones familiares o ejecutivas con un
máximo de 25 personas, asegurando el distanciamiento social
mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de sistemas de
ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de
bioprotección.
* Excepto para Quito, esta actividad está prohibida. - Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo
permitido.
* Excepto para Quito, estos establecimientos se mantienen cerrados.
• Se autoriza el inicio de actividades en sitios arqueológicos, zoológicos,
museos, parques nacionales (excepto el Parque Nacional Yasuní), con
el ingreso del 30% de visitantes, cada institución deberá implementar
un protocolo para este fin.
• Se autoriza la reanudación de actividades de entrenamiento formativo
en piscinas en espacios cerrados, se deben respetar los protocolos de
bioseguridad y los lineamientos emitidos desde el COE Nacional. - 3. Verde
• Se elimina el toque de queda.
• El 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo,
conforme al último número de la placa.
• Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga
liviana y mixta, circulan todos los días.
• Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa
cumpliendo con los protocolos emitidos para este fin.
• Transporte urbano al 50% de su aforo.
• Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo
color.
• Transporte interprovincial únicamente, entre cantones en Amarillo o
Verde que han acordado la prestación del servicio a través de sus
terminales terrestres.
• Restaurantes y centros comerciales se permite la atención al público,
con el 50% del aforo permitido.
• Plan piloto: Los gimnasios podrán reanudar sus actividades,
previamente aprobado por el COE Cantonal, con base a los protocolos
aprobados por el COE Nacional.
• Se autoriza la realización de velorios con la presencia de 25 personas
máximo, en estricto cumplimiento al distanciamiento social y
medidas biosanitarias.
• Se autoriza el desarrollo de reuniones familiares o ejecutivas con un
máximo de 25 personas y en espacios que garanticen el
distanciamiento social requerido (2 metros entre personas).
SEMÁFORO DE CIRCULACIÓN VEHÍCULOS PARTICULARES
1. Rojo
- • Lunes vehículos, con placas terminadas en: 1, 2, 3 y 7
• Martes vehículos con placas terminadas en: 3, 4, 5 y 8
• Miércoles vehículos con placas terminadas en: 4, 5, 6 y 9
• Jueves vehículos con placas terminadas en: 6, 7, 8 y 0
• Viernes vehículos con placas terminadas en: 1, 2, 9 y 0
• Sábados y Domingos, no circulan vehículos particulares.
2. Amarillo
- • Lunes, miércoles, viernes circulan vehículos con placas impares.
• Martes, jueves, sábado, vehículos con placas pares.
• Domingo 5 y 19, circulan vehículos con placa IMPAR.
• Domingo 12 y 26, circulan vehículos con placa PAR.
3. Verde
- • Lunes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 6, 8 y 0
• Martes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 5, 7 y 9
• Miércoles, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 4 y 0
• Jueves, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 9
• Viernes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 6 y 8
• Sábados, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 5
• Domingo, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 4 y 7.
Las diferentes modalidades de transporte, las normas de bioseguridad establecidas en los protocolos; el servicio de transporte comercial de tricimotos se sujetará a la restricción vehicular de toque de queda y, restricción según el último número de placa conforme a la restricción para vehículos particulares, debiendo cumplir con las medidas de bioseguridad, tanto para conductor y pasajero (conductor casco y mascarilla y pasajero mascarilla).