MSP vigila el cumplimiento del Reglamento Sanitario Internacional en los aeropuertos
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)
En el marco del Reglamento Sanitario Internacional, jurídicamente vinculante suscrito por 196 países, entre los que se encuentran los Estados Miembros de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y en concordancia con el “Protocolo para Ingreso al País, Permanencia y Salida de Aislamiento Preventivo Obligatorio Durante la Vigencia del Estado de Excepción”, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencias, las pruebas para detectar casos de Coronavirus (COVID-19), son realizadas a pasajeros que arriban al país en vuelos internacionales.
Al amparo de esta normativa, el Ministerio de Salud Pública (MSP) garantiza la presencia de los funcionarios en los aeropuertos de Quito y Guayaquil, para brindar asistencia al arribo de los vuelos internacionales. El personal de salud se encuentra operativo durante las 24 horas, con el propósito de aplicar la prueba para detectar SARS-CoV2 a los pasajeros que no cuenten con resultados negativos de PCR.
La PCR, siglas en inglés de ‘Reacción en Cadena de la Polimerasa’, es la única prueba diagnóstica que tras un proceso de análisis de entre 2 y 4 horas, realizado en un laboratorio de microbiología permite determinar si una persona está infectada o no con COVID-19.
A diferencia de la PCR, los test rápidos no identifican el ARN del virus, sino anticuerpos producidos frente al virus o proteínas del virus. Este tipo de pruebas se aplican a personas que han estado expuestas al contagio y se encuentran dentro de los 10 días posteriores al contacto de sospecha. Su efectividad dependerá del nivel de sensibilidad del test para evitar falsos negativos que podrían convertirse en transmisores del virus.
El MSP cumple con rigurosidad los lineamientos sanitarios emitidos por las instancias correspondientes, en virtud de la reapertura de las operaciones aéreas en el país.