Veto parcial a la Ley Humanitaria no atenta el salario básico unificado, según el Gobierno
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)
El presidente de la República, Lenín Moreno, envió a la Asamblea Nacional la objeción parcial al proyecto de Ley Humanitaria. El documento, remitido este martes 9 de junio, consta de 32 observaciones que permiten que la norma sea un instrumento justo, de apoyo a los más vulnerables y facilite la reactivación económica, afirma el ejecutivo.
El pasado 15 de mayo, el Legislativo aprobó el texto con 74 votos. Este consenso se logró gracias a que el Ejecutivo acogió varias observaciones planteadas por los asambleístas de diferentes bancadas. Ahora, en el veto parcial, el Primer Mandatario amplía y especifica varios de los beneficios de esta iniciativa.
Con el fin de precautelar los derechos de los trabajadores, se corrige la interpretación de la causal de fuerza mayor para asegurar que no existan abusos por parte de las empresas, a la hora de desvincular personal. Con ello, al mismo tiempo, se apunta a preservar las fuentes de trabajo y evitar el cierre de negocios. Además, el Jefe de Estado determinó que los acuerdos a los que lleguen empleadores y empleados para reducir la remuneración, en ningún caso se podrán concretar por debajo del salario básico unificado. Adicionalmente, se estableció que este tipo de acuerdos deberán constar por escrito y especificar que se acogen a la presente ley.
También, sobre el tema del empleo, se señala que los empleadores podrán acordar la reducción de la jornada hasta un máximo del 50% y el pago corresponderá, en proporción, a las horas efectivamente trabajadas y no será menor al 55% de la fijada previo a la reducción. Esta modalidad podrá efectuarse durante un año con la posibilidad de renovarse por el mismo periodo, una sola vez. En el texto aprobado por la Asamblea esta norma establecía que el periodo podía ser de dos años, renovables por otros dos.
Asimismo, la objeción contempla la figura del contrato especial emergente. Este “se celebra para la sostenibilidad de la producción y fuentes de ingresos en situaciones emergentes o para nuevas inversiones o líneas de negocio, productos o servicios, ampliaciones o extensiones del negocio, modificación del giro del negocio, incremento en la oferta de bienes y servicios”. Podrá tener una duración de un año, contemplará como mínimo 20 horas semanales y hasta 40, distribuidas en un máximo de seis días a la semana, sin sobrepasar las ocho horas diarias y tener 24 consecutivas de descanso. Se determina también que, en caso de que se requiera renovar esta contratación, pasará a ser definitiva.
Por otro lado, tomando en cuenta que la pandemia cambió la cotidianidad de la sociedad, el Presidente de la República normó el teletrabajo para el sector público y privado. Esta modalidad podrá tener tres formas: permanente, parcial y ocasional. Se garantiza que quienes se acojan al teletrabajo tengan derecho a la desconexión, la cual deberá ser de, al menos, 12 horas consecutivas en un periodo de 24 horas.
Otro punto fundamental del veto es el que busca que la ciudadanía continúe accediendo a los servicios básicos y también pueda adquirir alimentos a precios justos. Por el ello, el Gobierno central determinó que, mediante Decreto Ejecutivo, se fijará la política para el control de precios de la canasta básica familiar, la misma que regirá hasta diciembre del 2020 con el fin de evitar la especulación. Mientras, en el caso de los servicios básicos (incluyendo los servicios de telefonía y telecomunicaciones) se determina que no habrá incremento de las tarifas hasta seis meses después de la vigencia del Estado de Excepción; asimismo se prohíbe la suspensión del servicio por no pago, hasta 30 días después de la vigencia de esta ley. Y, con el fin de que las empresas proveedoras recuperen liquidez y puedan cobrar a los usuarios que tienen valores pendientes, se determinan facilidades de pago. Entre ellas, que los valores adeudados se cancelen en seis cuotas sin multas ni intereses.
En cuanto a la educación, los padres de familia cuyos hijos estudien en centros privados y que hayan perdido su trabajo, recibirán apoyo para reducción de la pensión y, si deciden retirar a sus hijos, tendrán garantizado un cupo en el sistema público. Además, se contempla la posibilidad de que los planteles puedan hacer una reducción de sus pensiones de hasta el 25%. Mientras que, sobre el tema de salud, se prohíbe la terminación de pólizas de salud o medicina prepagada por atrasos de hasta 60 días adicionales a lo establecido en el contrato.
Respecto al apoyo para emprendedores y la reactivación económica y productiva, el Jefe de Estado determinó que se den facilidades para que los empleadores que tengan pendientes el pago de valores a la seguridad social entre marzo y junio, puedan cancelarlos sin multa y sin recargo. Para quienes cuentan con afiliación voluntaria, se establecerán mecanismos como la renovación de convenios de pago. La norma también crea incentivos tributarios para que las instituciones del sistema financiero otorguen créditos y haya refinanciamiento o reestructuración de deudas pendientes.
Uno de los temas que también generó reacciones de diversos sectores fue el referente a la posibilidad de que los aeropuertos de las Islas Galápagos reciban vuelos internacionales. Al respecto en el veto se establece que serán las autoridades involucradas, entre ellas los ministerios de Ambiente, Turismo, Salud y el Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, quienes elaboren informes técnicos en los que se evalúe la factibilidad de esta opción.
Finalmente, la objeción parcial también garantiza que las pensiones para los exmandatarios de la República no se entreguen a quienes no hayan concluido su periodo por las causales dispuestas en la Constitución y por haber sido sentenciados en delitos como cohecho, peculado y otros.
La Asamblea Nacional deberá analizar y resolver el veto enviado por el Ejecutivo, en el que también se contemplan facilidades en los trámites que se requieren nuevos emprendimientos.