Primer debate del proyecto de reforma a la Ley de Minería.
REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)
Este martes 29 de octubre, a partir de las 10:00, continuará la sesión 619 del Pleno de la Asamblea Nacional, en la que se dará paso al primer debate del proyecto de reforma a la Ley de Minería.
En el orden del día consta, además, el tratamiento de tres resoluciones: para el fortalecimiento de la prevención y atención de los suicidios en el Ecuador; para solicitar la comparecencia del ministro de Energía, Carlos Pérez, ante el Pleno, a fin que informe el contenido del decreto 861 que autoriza de manera excepcional la delegación a la iniciativa privada, la ejecución del proyecto de diseño, construcción y operación de una refinería de alta conversión en la región; y, de exhortación al Ejecutivo a decretar el estado de excepción y declarar la emergencia de los cantones Quilanga, Espíndola, Gonzanamá, Calvas y Loja.
El proyecto de reforma a la Ley de Minería recibió los aportes de la Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO-EP), Ministerio de Hidrocarburos, Empresa Minera del Ecuador, Cámara de Minería, Mineros Artesanales de Portovelo, Asociación de Propietarios de Plantas de Beneficio, Fundación y Refinación de Sustancias y Minerales de la Provincia de El Oro.
La propuesta establece que todas las personas jurídicas, sean públicas, privadas o de participación mixta, nacionales o extranjeras, que busquen el otorgamiento de concesiones mineras, deberán someterse a un procedimiento administrativo de subasta pública en igualdad de condiciones. Por tanto, se elimina la posibilidad de suscribir contratos de forma directa con empresas estatales extranjeras o consorcios con participación mayoritaria del Estado.
Este cambio procedimental, resultaría en un modelo justo, competitivo que fomentaría la inversión nacional e internacional, así como el desarrollo minero en el país. De la misma manera, motivará a que se realice un proceso de subasta con mejores indicadores de transparencia, así como presentaría la oportunidad que el Estado ecuatoriano pueda obtener mejores beneficios al momento de concesionar áreas mineras, al permitir la participación de todas las empresas en igualdad de condiciones, conforme los artículos 3, 335, 339, 425 de la Constitución.