Despenalización al aborto no pasó en las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP)
REDACCIÓN NOTI-AMÉRICA (ECUADOR)
Luego de cinco jornadas, el Parlamento ecuatoriano aprobó el proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). De esta forma, se pone en marcha otra normativa.
La propuesta se enfoca en generar una cultura de transparencia en la función pública, contribuir en la lucha contra la corrupción y la inseguridad, y, lo que es más, fortalecer la seguridad ciudadana.
Seguridad.
Los policías tendrán garantías para el cumplimiento de su deber. Al hacer uso progresivo de la fuerza, en acto de combate a la delincuencia, accederán a un juicio justo y no serán privados de su libertad durante un proceso investigativo, lo que les permitirá defenderse y aclarar los hechos imputados. Se define cuándo, cómo y en qué circunstancias los uniformados deben usar sus armas de dotación frente la gravedad de las amenazas.
La persona que ingrese a los centros de privación de libertad con sustancias sujetas a fiscalización, armas, partes de teléfonos celulares o equipos de comunicación adheridos al cuerpo o a sus prendas de vestir, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Si los guías penitenciarios son cómplices de permitir el ingreso de objetos prohibidos recibirán fuertes sanciones.
Además, se incorporan agravantes en el juzgamiento de los delitos sexuales, secuestro, lesiones, entre otros, que se cometan en transportes públicos, escuelas, gimnasios, iglesias, escuelas, centros vacacionales, guarderías y otros espacios.
Los ciudadanos que incurran en delitos execrables (violación, tortura, secuestro, asesinato) no podrán acceder a medidas alternativas por parte de los administradores de justicia.
Transparencia.
La reforma establece mecanismos específicos para la recuperación de dineros mal habidos producto de la corrupción. Para tal efecto, se crean las figuras del comiso sin sentencia, ampliado y a terceros, que permitirán la incautación de bienes de ilícita procedencia a los funcionarios o servidores que hayan atracado fondos públicos, así como a los de su entorno familiar y posibles testaferros, evitando que este tipo de actos queden en la impunidad.
Protección del denunciante.
El servidor público que denuncie actos de corrupción tendrá derecho a la protección de su identidad, posibilidad de cambio administrativo o licencia con sueldo y estabilidad laboral. Por otro lado, las personas que, estando involucradas en un acto de corrupción, denuncien el hecho y contribuyan en la recuperación de lo robado se incorporan como beneficiarios de la cooperación eficaz, lo que les dará opción de reducir su pena.
Afianzar derechos de menores.
El proyecto determina que la persona que es sentenciada de violación de niños, niñas o adolescentes, no podrá ocupar cargos públicos y privados donde se trabaje directamente con menores de edad.
Los juicios por abuso sexual a menores no podrán terminar sin que haya una sentencia. De esta forma, se refuerza la imprescriptibilidad de delitos contra la niñez, recogiendo el mandato de la consulta popular.
El Pleno aprobó las reformas al COIP en seis votaciones. Un bloque general aprobado con 87 votos; lo referente al aborto no punible no obtuvo los votos necesarios para su aprobación (65); lo atinente a sustancias sujetas a fiscalización obtuvo 85 votos, por tanto, fue aprobado.
El artículo 20 relativo a la figura del comiso sin condena tuvo 118 votos, mientras que la figura de incautación que consta en los artículos 96, 97 y 98, no fue aprobado (59 votos). Lo referente a las circunstancias agravantes de la infracción, la reincidencia y la identificación en caso de delito flagrante, que consta en los artículos 12, 14 y 91 del proyecto, fue aprobado con 97 votos.