PROYECTO DE LEY DE RECUPERACIÓN DE CAPITALES ENTRARÁ A DEBATE EN EL PLENO, ESTE JUEVES
REDACCIÓN NOTI-AMÉRICA (ECUADOR)
El Pleno de la Asamblea Nacional, en su sesión 553, prevista para este jueves, 15 de noviembre, conocerá en primer debate el proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Capitales, de iniciativa de Elizabeth Cabezas Guerrero, presidenta de la Asamblea Nacional.
La primera discusión se cumplirá el jueves, a partir de las 10h05, tomando como base el informe favorable de la Comisión de Participación Ciudadana. El proyecto tiene por objetivo recuperar los recursos del Estado que han sido desviados en actos de corrupción, a fin de destinarlos a la inversión social, con lo cual se combate, además, la impunidad y elimina el círculo vicioso de la corrupción.
La norma establece mecanismos para buscar la ruta de los recursos robados al pueblo para recuperarlos, empoderando a los ciudadanos a través de mecanismos que implemente el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
En la socialización, el organismo legislativo recibió, a más de la proponente del proyecto, Elizabeth Cabezas, quien expuso los alcances de esta iniciativa, a asesores de la Comisión Anticorrupción, delegados del Consejo de Participación Ciudadana, así como a respetables profesionales del derecho, para que expongan sus sugerencias en torno al proyecto.
Detalles de la propuesta:
Según el proyecto, la recuperación de capitales es aplicable a los delitos en los cuales existe perjuicio patrimonial contra el Estado ecuatoriano o cualquiera de sus instituciones, en todas las funciones y niveles de gobierno. También, contra cualquier persona que haya participado en la comisión de tales infracciones, sea como servidor público, contratista, testaferro, sujeto privado o en cualquier otra calidad.
La competencia de lucha contra la corrupción estará a cargo de Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, institución que articulará con los equipos técnicos especializados y los mecanismos necesarios para ejecutar la entrega o devolución de capitales. Los ciudadanos, individual o colectivamente, podrán intervenir en los procesos de recuperación de capitales ante el referido Consejo.
Prevé que las personas naturales o jurídicas que, sin haber participado en los delitos previstos en esta ley, proporcionen información válida y exacta para su identificación o la recuperación de capitales, serán acreedores a un incentivo económico que será pagadero contra la recuperación efectiva de los capitales y podrá variar según las circunstancias, pero jamás será superior al 20 % del monto efectivamente recuperado.
El Consejo de Participación Ciudadana deberá acreditar equipos técnicos especializados, quienes dentro de los primeros 90 días de la asignación de cada caso, presentarán para su aprobación un cronograma que contenga las actividades que se realizarán, con plazos y objetivos específicos.
Una vez finalizada la investigación y entregado su resultado al Consejo de Participación Ciudadana, este elaborará un informe y, si resuelve que existen méritos en la investigación, dispondrá el inicio de las acciones pertinentes ante la Fiscalía, la Contraloría o la institución que corresponda.
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