Cobros con tarjeta: un alivio para los comerciantes
NOTI-AMERICA.COM | ARGENTINA
El Gobierno dispuso dejar sin efecto los regímenes de retención del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias, para los pagos electrónicos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive. Lo oficializó mediante la Resolución General 5554/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Esta medida implica que los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que cobren mediante tarjeta de crédito, de compra, de pago o de débito, no serán retenidos en los pagos que les efectúen las administradoras de tarjetas y demás entidades a partir del comienzo de septiembre.
El Ministerio de Economía encomendó a la AFIP la reglamentación de la eliminación de los regímenes de retención mencionados, que forma parte del Paquete Fiscal, a través de la Resolución 780/2024, «a efectos de evitar la obstaculización de las operaciones perfeccionadas a través de los medios de pago sobre los que inciden, impulsando su desarrollo en la economía con el objetivo de formalizar las transacciones, fomentar la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos».
Al igual que se hizo en la ley, la cartera que encabeza Luis Caputo invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires «a dejar sin efecto los regímenes de retención de tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos que se efectúen a través de los medios comprendidos en la presente medida».
Desde la AFIP remarcaron que «este beneficio que libera los pagos de las retenciones impositivas nacionales, alcanza a todo el universo de contribuyentes, ya que el Ministerio de Economía amplió el alcance de la medida prevista en el artículo 102 de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que originalmente comprendía sólo a pequeños contribuyentes y operaciones».
Nuevo pacto fiscal
En el marco de la promoción del nuevo pacto fiscal que viene realizando la AFIP, con relación a los argentinos no residentes en términos fiscales, su titular, Florencia Misrahi mantuvo un encuentro en Miami con el cónsul argentino en esa ciudad, Marcelo Gilardone.
Ambas autoridades planificaron charlas informativas sobre el Régimen de Regularización de Activos y el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Estas reuniones estarán dirigidas principalmente a ciudadanos argentinos que viven en Miami y en otras ciudades de los Estados Unidos.
Durante el encuentro realizado en Miami, una de las ciudades con mayor cantidad de residentes argentinos en ese país, Florencia Misrahi detalló el funcionamiento de la app MI AFIP para obtener la clave fiscal, paso inicial para adherir a los programas mencionados y destacó los beneficios disponibles para aquellos argentinos que, habiendo perdido su residencia fiscal, decidan adherirse a ellos.
La adhesión al REIBP les garantiza estabilidad fiscal y patrimonial hasta el 2038 y, durante su vigencia, no se deben cumplir las obligaciones derivadas del impuesto sobre los bienes personales (anticipos, declaraciones juradas, entre otras) y los incrementos patrimoniales no generarán impuesto adicional a ingresar.
Por otro lado, la titular del organismo, destacó que el Régimen de Regularización de Activos permite regularizar bienes sin tope y sin costo para dinero en efectivo destinado a la compra de títulos públicos, bonos e inversiones de proyectos inmobiliarios, entre otras opciones, recordando que la primera etapa finaliza el próximo 30 de septiembre.
Vale recordar que la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes prevé que están alcanzados los siguientes bienes del exterior: moneda extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo en entidades financieras del exterior; inmuebles ubicados fuera del país; acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios, obligaciones negociables y otros que coticen en bolsas o mercados del exterior.