SRI anuncia que hasta septiembre no habrá multas en la matriculación del 2020

REDACCIÓN NOTI AMÉRICA (ECUADOR)

La Ley Humanitaria permitió ampliar los plazos para el pago de impuestos vehiculares.

El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución (Nro. NAC-DGERCGC21-00000018), en coordinación a las directrices de la Agencia Nacional de Tránsito, estableció los nuevos plazos para el pago del Impuesto Anual sobre la Propiedad de los Vehículos Motorizados correspondiente al período fiscal 2020.

El vencimiento fue en marzo, el cual podrá ser cancelado sin multas ni intereses hasta septiembre de 2021, bajo las siguiente consideraciones:

Tipo de vehículo

Último dígito de la placa

Fecha máxima de pago

Vehículos que no son de servicio público o comercial

2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0

30 de septiembre de 2021

Vehículos de servicio público o comercial

3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0

30 de septiembre de 2021

Esta decisión se enmarca, señaló el SRI,  en el cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19, y el artículo 9 de su reglamento de aplicación.

En caso de que los valores sean cancelados luego de la fecha límite, es decir, a partir del 1 de octubre de 2021, causarán los intereses de mora establecidos en el Código Tributario, sin perjuicio de las sanciones a las que hubiere lugar de conformidad con la Ley.

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